Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062909)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la Categoría de Psicólogo/a Clínico, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021
47424
7.2. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su
identidad.
7.3. Si durante en el transcurso del proceso selectivo, el Tribunal o el órgano convocante
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien que se han producido variaciones en las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado. El Director
Gerente, de forma motivada, podrá en su caso, declararlo excluido del proceso selectivo.
7.4. Cuando fuera necesario en función del número de aspirantes, y atendiendo a razones de
eficacia, funcionalidad y agilidad del proceso, el titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud podrá acordar que el
ejercicio de la fase de oposición pueda realizarse en varias localidades, y en su caso en
varios turnos. Para ello, los aspirantes deberán manifestar en su solicitud de participación
la preferencia de la provincia de examen. A estos efectos, el órgano convocante podrá
nombrar comisiones colaboradoras para realizar las tareas organizativas que le sean encomendadas, sin que su actuación afecte a las competencias del Tribunal de Selección.
En el caso de que el ejercicio de la fase de oposición se celebrase en más de una provincia, se asignará una a cada uno de los aspirantes. De no señalar ninguna preferencia,
será la Administración la que asignará al aspirante la provincia de examen.
Octava. Selección de aspirantes.
8.1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que
hayan superado la misma, clasificada por turnos y con expresión de la puntuación obtenida, en el apartado correspondiente del portal de Selección de Personal del Servicio
Extremeño de Salud.
8.2. El Tribunal, al hacer pública la relación de aprobados del ejercicio de la fase de oposición,
anunciará simultáneamente la apertura del plazo de diez días hábiles para la presentación
de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso.
Novena. Relación provisional de aprobados.
9.1. Concluidas las fases del proceso selectivo, el Tribunal deberá proceder a la suma de las
calificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en la fase de oposición y en la
fase de concurso, desglosada ésta en cada apartado y subapartados de la experiencia
profesional del baremo, y haciendo pública en la correspondiente sección del portal de
Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud, la relación provisional de aprobados por orden de puntuación total clasificada por turnos.
Lunes, 4 de octubre de 2021
47424
7.2. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su
identidad.
7.3. Si durante en el transcurso del proceso selectivo, el Tribunal o el órgano convocante
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien que se han producido variaciones en las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado. El Director
Gerente, de forma motivada, podrá en su caso, declararlo excluido del proceso selectivo.
7.4. Cuando fuera necesario en función del número de aspirantes, y atendiendo a razones de
eficacia, funcionalidad y agilidad del proceso, el titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud podrá acordar que el
ejercicio de la fase de oposición pueda realizarse en varias localidades, y en su caso en
varios turnos. Para ello, los aspirantes deberán manifestar en su solicitud de participación
la preferencia de la provincia de examen. A estos efectos, el órgano convocante podrá
nombrar comisiones colaboradoras para realizar las tareas organizativas que le sean encomendadas, sin que su actuación afecte a las competencias del Tribunal de Selección.
En el caso de que el ejercicio de la fase de oposición se celebrase en más de una provincia, se asignará una a cada uno de los aspirantes. De no señalar ninguna preferencia,
será la Administración la que asignará al aspirante la provincia de examen.
Octava. Selección de aspirantes.
8.1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que
hayan superado la misma, clasificada por turnos y con expresión de la puntuación obtenida, en el apartado correspondiente del portal de Selección de Personal del Servicio
Extremeño de Salud.
8.2. El Tribunal, al hacer pública la relación de aprobados del ejercicio de la fase de oposición,
anunciará simultáneamente la apertura del plazo de diez días hábiles para la presentación
de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso.
Novena. Relación provisional de aprobados.
9.1. Concluidas las fases del proceso selectivo, el Tribunal deberá proceder a la suma de las
calificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en la fase de oposición y en la
fase de concurso, desglosada ésta en cada apartado y subapartados de la experiencia
profesional del baremo, y haciendo pública en la correspondiente sección del portal de
Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud, la relación provisional de aprobados por orden de puntuación total clasificada por turnos.