Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062902)
Resolución de 20 de septiembre 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021
47079
Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones equivalentes a las exigidas habrán de
citar la disposición legal en que se reconozca la misma o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Estado en materia
de Educación o cualquier otro órgano de la Administración Autonómica competente
para ello.
c) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
d) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo
de la misma categoría y/o especialidad a la que accede.
e) C
ertificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que imposibilite el normal desempeño de las tareas o funciones objeto de la
convocatoria.
f) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en caso de que
en la solicitud de participación se haya marcado la casilla de no autorización al Servicio Extremeño de Salud para recabar los correspondientes datos derivados de la
base 2.1.i). Además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes
sexuales prevista anteriormente, los aspirantes que tenga otra nacionalidad distinta
a la española y aquellos que gozaran de doble nacionalidad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido al castellano y legalizado de acuerdo con
los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere
el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor.
g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación
de los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.
h) Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán reunir, además de los requisitos enumerados en los apartados c), d), e) y f), los documentos
que acrediten los requisitos establecidos en la base 2.2 mediante copia auténtica de
los mismos.
Lunes, 4 de octubre de 2021
47079
Aquellos aspirantes que aleguen titulaciones equivalentes a las exigidas habrán de
citar la disposición legal en que se reconozca la misma o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Estado en materia
de Educación o cualquier otro órgano de la Administración Autonómica competente
para ello.
c) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
d) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario fijo
de la misma categoría y/o especialidad a la que accede.
e) C
ertificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o
psíquico que imposibilite el normal desempeño de las tareas o funciones objeto de la
convocatoria.
f) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en caso de que
en la solicitud de participación se haya marcado la casilla de no autorización al Servicio Extremeño de Salud para recabar los correspondientes datos derivados de la
base 2.1.i). Además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes
sexuales prevista anteriormente, los aspirantes que tenga otra nacionalidad distinta
a la española y aquellos que gozaran de doble nacionalidad, deberán aportar certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido al castellano y legalizado de acuerdo con
los Convenios Internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere
el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor.
g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación
de los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.
h) Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán reunir, además de los requisitos enumerados en los apartados c), d), e) y f), los documentos
que acrediten los requisitos establecidos en la base 2.2 mediante copia auténtica de
los mismos.