Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Apicultura. Ayudas. (2021062963)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al aumento del crédito asignado en la Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura, correspondientes al año 2021.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021

47483

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al
aumento del crédito asignado en la Resolución de 14 de mayo de 2021,
de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a
mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de
la apicultura en Extremadura, correspondientes al año 2021. (2021062963)
BDNS(Identif.): 565061
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/565061).
En el DOE de 24 de mayo de 2021, se publicó el Extracto de la Resolución de 14 de mayo de
2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a mejorar las
condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura en Extremadura, correspondientes al año 2021.
Las bases reguladoras de estas ayudas se encuentran establecidas en la Orden de 16 de abril
de 2021, por la que se establecen y regulan en la Comunidad Autónoma de Extremadura las
ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura, que establece que el procedimiento de concesión de la subvención
se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria de carácter periódico,
mediante resolución de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de agricultura y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y
no discriminación.
El artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas
podrá aumentarse hasta un 20 por ciento de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito,
o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de las
mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Por su parte, el artículo 39.3 del mismo texto legal establece que “El aumento de los créditos en las convocatorias por el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a lo
establecido en el artículo 23.2.h de esta ley o una distribución distinta entre los proyectos y
aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria, exigirá la modificación previa del