Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agrupación De Productores Agrarios. Subvenciones. (2021062766)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones para la creación de agrupaciones y organizaciones de productores agrarios y silvícolas en el ejercicio 2021.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46804
3. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS
La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de persona interesada o entidad
que se indica, declara que:
□ Bajo la responsabilidad que haya lugar en derecho, que la APA beneficiaria no está incursa en
causa legal que impida o prohíba la percepción de la subvención concedida cuyo pago se solicita.
COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el órgano gestor
podrá recabar de oficio los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que se
efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y, aportará en cada
caso, el certificado acreditativo correspondiente:
□ ME OPONGO a que el órgano gestor recabe de oficio los datos que acrediten que la solicitante
se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social por lo que
APORTO certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredita estar al
corriente frente a dicho organismo.
□ ME OPONGO a que el órgano gestor recabe de oficio los datos que acrediten que la solicitante se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda Autonómica, por lo
que aporto el correspondiente certificado expedido por la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura.
COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACION PARA LOS DATOS TRIBUTARIOS DEL ESTADO
De acuerdo con los previsto en el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, el órgano gestor podrá comprobar que la solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, previa autorización expresa de la interesada. Para
ello, deberá marcar la siguiente casilla:
□ AUTORIZO EXPRESAMENTE a que el órgano gestor pueda recabar de oficio los datos que
acrediten que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del
Estado.
De no marcar la casilla anterior, deberá APORTAR con la solicitud, el certificado acreditativo emitido
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46804
3. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS
La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representación de persona interesada o entidad
que se indica, declara que:
□ Bajo la responsabilidad que haya lugar en derecho, que la APA beneficiaria no está incursa en
causa legal que impida o prohíba la percepción de la subvención concedida cuyo pago se solicita.
COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el órgano gestor
podrá recabar de oficio los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que se
efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y, aportará en cada
caso, el certificado acreditativo correspondiente:
□ ME OPONGO a que el órgano gestor recabe de oficio los datos que acrediten que la solicitante
se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social por lo que
APORTO certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredita estar al
corriente frente a dicho organismo.
□ ME OPONGO a que el órgano gestor recabe de oficio los datos que acrediten que la solicitante se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda Autonómica, por lo
que aporto el correspondiente certificado expedido por la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura.
COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACION PARA LOS DATOS TRIBUTARIOS DEL ESTADO
De acuerdo con los previsto en el artículo 95.1.k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, el órgano gestor podrá comprobar que la solicitante se encuentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, previa autorización expresa de la interesada. Para
ello, deberá marcar la siguiente casilla:
□ AUTORIZO EXPRESAMENTE a que el órgano gestor pueda recabar de oficio los datos que
acrediten que la solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del
Estado.
De no marcar la casilla anterior, deberá APORTAR con la solicitud, el certificado acreditativo emitido
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.