Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062928)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FRV San Serván IV", a realizar en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA20/1521.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46974
En consecuencia, con fecha 23 de julio de 2021, FRV San Serván 4, SLU, presenta en la DGS
solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria de la ISF “FRV San Serván
IV” y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente, se inició el análisis técnico
de impacto ambiental conforme al artículo 70 de la precitada ley, en el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes, incorporando al EsIA
cada una de las medidas propuestas en los informes recibidos que figuran en el apartado
B2.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA, y los informes
emitidos para el proyecto de ISF “FRV San Serván IV”, con toda la información hasta aquí
recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación
para la planta fotovoltaica, con sus correspondientes líneas eléctricas de evacuación hacia la futura subestación destino denominada “SUB2 San Serván V 220/30
kV”, a construir en el polígono 70, parcelas 17 y 63 del término municipal de Mérida, objeto de otro proyecto (IA20/1522). A continuación, se describen y analizan,
justificando la alternativa propuesta en base a diversos criterios, entre los que está
el ambiental.
1. Alternativas de ubicación para la instalación de la planta.
1.1. Alternativa 0.
Se ha decidido proyectar la ISF “FRV San Serván IV” con objeto de reducir la
dependencia energética, aprovechar los recursos energéticos disponibles y
diversificar las fuentes de suministro, incorporando las menos contaminantes. Por tanto, la alternativa 0 (no realización del proyecto) queda descartada ya que la ejecución del proyecto supone un incremento en el aprovechamiento de fuentes renovables de energía, que a su vez se traduciría en
menor dependencia energética y disminución en la producción de gases de
efecto invernadero, ayudando así mismo a lograr los objetivos de reducción
de emisiones de gases de efecto invernadero comprometidos en el ámbito
internacional. Todo ello teniendo en cuenta que con el desarrollo del proyecto
no se produce afección sobre el medio físico y biótico objeto de la actuación,
y considerando también la creación de empleo asociado.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46974
En consecuencia, con fecha 23 de julio de 2021, FRV San Serván 4, SLU, presenta en la DGS
solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria de la ISF “FRV San Serván
IV” y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente, se inició el análisis técnico
de impacto ambiental conforme al artículo 70 de la precitada ley, en el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes, incorporando al EsIA
cada una de las medidas propuestas en los informes recibidos que figuran en el apartado
B2.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA, y los informes
emitidos para el proyecto de ISF “FRV San Serván IV”, con toda la información hasta aquí
recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1. Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación
para la planta fotovoltaica, con sus correspondientes líneas eléctricas de evacuación hacia la futura subestación destino denominada “SUB2 San Serván V 220/30
kV”, a construir en el polígono 70, parcelas 17 y 63 del término municipal de Mérida, objeto de otro proyecto (IA20/1522). A continuación, se describen y analizan,
justificando la alternativa propuesta en base a diversos criterios, entre los que está
el ambiental.
1. Alternativas de ubicación para la instalación de la planta.
1.1. Alternativa 0.
Se ha decidido proyectar la ISF “FRV San Serván IV” con objeto de reducir la
dependencia energética, aprovechar los recursos energéticos disponibles y
diversificar las fuentes de suministro, incorporando las menos contaminantes. Por tanto, la alternativa 0 (no realización del proyecto) queda descartada ya que la ejecución del proyecto supone un incremento en el aprovechamiento de fuentes renovables de energía, que a su vez se traduciría en
menor dependencia energética y disminución en la producción de gases de
efecto invernadero, ayudando así mismo a lograr los objetivos de reducción
de emisiones de gases de efecto invernadero comprometidos en el ámbito
internacional. Todo ello teniendo en cuenta que con el desarrollo del proyecto
no se produce afección sobre el medio físico y biótico objeto de la actuación,
y considerando también la creación de empleo asociado.