Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062920)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el desarrollo del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior 2021-2022.
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NÚMERO 190
46753
Viernes, 1 de octubre de 2021
PERFIL
Técnico con titulación universitaria en ramas de
Administración y Dirección de empresas, Económicas,
Derecho, Ciencias del Trabajo, Sociología, Empresariales,
Humanidades e Ingenierías Técnicas, con experiencia en
el asesoramiento y orientación empresarial.
1 técnico del
Grupo I, nivel de
experiencia III,
cómo mínimo.
Las funciones a desempeñar por el técnico imputado al convenio serán, entre otras:
— Desarrollar las acciones necesarias para poner en marcha el plan de formación de
los participantes de la formación teórica y práctica.
— Desarrollar las acciones necesarias para la puesta en marcha de los cursos específicos en la operativa del comercio exterior y la elaboración de planes de marketing.
— Tutorización de los participantes realizando un seguimiento de la actividad formativa del participante en la empresa colaboradora resolviendo dudas e incidencias
del programa.
— Realizar visitas y reuniones con los participantes y las empresas colaboradoras
que fomenten la eficacia y eficiencia de la formación del participante.
— Impartir las sesiones formativas grupales previstas durante la formación práctica.
— Resolver las consultas de los participantes en materia de comercio exterior.
— Llevar a cabo tutorías de formación del participante.
— Orientar, asesorar y formar al participante para la elaboración de la memoria final
de actividades que debe entregar el participante al finalizar el programa.
Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actuaciones
previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante y en cumplimiento de la Ley de Contratos del Sector Público actualmente en vigor,
dirigidos a los participantes del programa Formativo.
Por otro lado, se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada
trabajador imputado a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios
para el desempeño de las funciones del técnico.
46753
Viernes, 1 de octubre de 2021
PERFIL
Técnico con titulación universitaria en ramas de
Administración y Dirección de empresas, Económicas,
Derecho, Ciencias del Trabajo, Sociología, Empresariales,
Humanidades e Ingenierías Técnicas, con experiencia en
el asesoramiento y orientación empresarial.
1 técnico del
Grupo I, nivel de
experiencia III,
cómo mínimo.
Las funciones a desempeñar por el técnico imputado al convenio serán, entre otras:
— Desarrollar las acciones necesarias para poner en marcha el plan de formación de
los participantes de la formación teórica y práctica.
— Desarrollar las acciones necesarias para la puesta en marcha de los cursos específicos en la operativa del comercio exterior y la elaboración de planes de marketing.
— Tutorización de los participantes realizando un seguimiento de la actividad formativa del participante en la empresa colaboradora resolviendo dudas e incidencias
del programa.
— Realizar visitas y reuniones con los participantes y las empresas colaboradoras
que fomenten la eficacia y eficiencia de la formación del participante.
— Impartir las sesiones formativas grupales previstas durante la formación práctica.
— Resolver las consultas de los participantes en materia de comercio exterior.
— Llevar a cabo tutorías de formación del participante.
— Orientar, asesorar y formar al participante para la elaboración de la memoria final
de actividades que debe entregar el participante al finalizar el programa.
Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actuaciones
previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante y en cumplimiento de la Ley de Contratos del Sector Público actualmente en vigor,
dirigidos a los participantes del programa Formativo.
Por otro lado, se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada
trabajador imputado a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios
para el desempeño de las funciones del técnico.