Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062920)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el desarrollo del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior 2021-2022.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 190

46740

Viernes, 1 de octubre de 2021

Actividades

2021

2022

1. INFORMACIÓN, DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN

3.875,00 €

1.750,00 €

2. PRUEBAS DE SELECCIÓN

3.750,00 €

6.500,00 €

45.500,00 €

-€

-€

156.000,00 €

29.375,00 €

8.750,00 €

82.500,00 €

173.000,00 €

3. FORMACIÓN TEÓRICA
4. FORMACIÓN PRÁCTICA
5. ACTIVIDADES FORMATIVAS COMPLEMENTARIAS
TOTAL

2. P
 ara la ejecución de la presente transferencia específica y el desarrollo de las actividades,
se estiman los siguientes recursos humanos:

Personal Imputado

Horas
máximo año

Coste mensual

Coste anual
2021

Coste anual
2022

TÉCNICO 1

1.652

2.916,67 €

17.500,00 €

35.000,00 €

Las relaciones laborales del personal adscrito al Convenio estarán comprendidas en el
ámbito de aplicación del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante,
SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente” (En
adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (Resolución de 18 de julio de 2018,
de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de
Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
se dispone la publicación del “II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante,
SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”)
(DOE n.º 148, de 31 de julio de 2018), y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones
legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.