Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062938)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Ayuntamiento de Almendralejo para la contratación a jornada completa de un/a Agente de Igualdad para la ampliación/refuerzo de la Oficina de Igualdad y Violencia de Género de la ciudad de Almendralejo en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46889
que se materializa con la Resolución de 13 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de
Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 12 de mayo de 2020, por el que se formalizan los criterios de distribución y la
distribución resultante para el ejercicio 2020, del crédito de 100.000.000 de euros para el
desarrollo por las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía del Pacto
de Estado contra la violencia de género.
Tercero. La Consejería de Igualdad y Portavocía de la Junta de Extremadura, como órgano
superior competente en materia de igualdad, tiene especial interés en el fortalecimiento de la
Red Extremeña de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, aumento y mejora de
los programas, servicios y recursos del trabajo en red.
A este respecto, el artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa,
sin convocatoria previa y con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se
acredite razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En consecuencia con ello, el artículo 32.1.a) de esta ley considera que será supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines
de lucro.
A su vez, el artículo 32.2 del mismo texto legal determina que la concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican
su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la consejería.
En cuanto a la acreditación de estos requisitos, las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género
constituyen un servicio a través del cual se pretende informar, sensibilizar, formar y asesorar
en la implantación de acciones positivas y de aplicación de las políticas de igualdad en el territorio, que pretenden corregir las diferentes situaciones de desigualdad y discriminación que
viven las mujeres.
Los objetivos de la Red de Oficinas de Violencia de Género son las siguientes:
• Ejecución, animación y promoción de campañas de sensibilización que tengan como objetivo la modificación de actitudes discriminatorias y estereotipos sexistas, así como la
prevención de la violencia de género dirigidas al conjunto de la ciudadanía.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46889
que se materializa con la Resolución de 13 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de
Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 12 de mayo de 2020, por el que se formalizan los criterios de distribución y la
distribución resultante para el ejercicio 2020, del crédito de 100.000.000 de euros para el
desarrollo por las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía del Pacto
de Estado contra la violencia de género.
Tercero. La Consejería de Igualdad y Portavocía de la Junta de Extremadura, como órgano
superior competente en materia de igualdad, tiene especial interés en el fortalecimiento de la
Red Extremeña de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, aumento y mejora de
los programas, servicios y recursos del trabajo en red.
A este respecto, el artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa,
sin convocatoria previa y con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se
acredite razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En consecuencia con ello, el artículo 32.1.a) de esta ley considera que será supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines
de lucro.
A su vez, el artículo 32.2 del mismo texto legal determina que la concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican
su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la consejería.
En cuanto a la acreditación de estos requisitos, las Oficinas de Igualdad y Violencia de Género
constituyen un servicio a través del cual se pretende informar, sensibilizar, formar y asesorar
en la implantación de acciones positivas y de aplicación de las políticas de igualdad en el territorio, que pretenden corregir las diferentes situaciones de desigualdad y discriminación que
viven las mujeres.
Los objetivos de la Red de Oficinas de Violencia de Género son las siguientes:
• Ejecución, animación y promoción de campañas de sensibilización que tengan como objetivo la modificación de actitudes discriminatorias y estereotipos sexistas, así como la
prevención de la violencia de género dirigidas al conjunto de la ciudadanía.