Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062923)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 17,52 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Emilio Ángel Caballero Tena, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/1141.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46915
de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales
excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas
en las que se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
5. Si como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para la implantación
del cultivo de viñedo y la instalación del sistema de riego se produjeran acúmulos
de materiales terrosos o piedras, se deberán extender de manera uniforme por el
terreno de la explotación, sin formar montones o acúmulos que modifiquen la fisiografía natural del terreno.
6. N
o se podrá realizar ningún movimiento de tierra que modifique la orografía natural
del terreno. No se realizarán explanaciones, desmontes, bancales, etc.
7. Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de
agua.
8. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos,
acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
9. N
o se realizarán nuevos accesos ni modificaciones de caminos u otras posibles instalaciones auxiliares existentes, líneas eléctricas, cerramientos, charcas, depósitos,
etc. Si se decidiera realizar alguna de estas actuaciones, se deberá comunicar de
manera previa al órgano ambiental para evaluar su idoneidad.
10. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus
zonas e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo.
No deberán quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón, tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación
correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
11. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria
con su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46915
de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales
excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas
en las que se generaron, así como contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
5. Si como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para la implantación
del cultivo de viñedo y la instalación del sistema de riego se produjeran acúmulos
de materiales terrosos o piedras, se deberán extender de manera uniforme por el
terreno de la explotación, sin formar montones o acúmulos que modifiquen la fisiografía natural del terreno.
6. N
o se podrá realizar ningún movimiento de tierra que modifique la orografía natural
del terreno. No se realizarán explanaciones, desmontes, bancales, etc.
7. Para reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de
agua.
8. Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas de préstamos,
acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser necesario.
9. N
o se realizarán nuevos accesos ni modificaciones de caminos u otras posibles instalaciones auxiliares existentes, líneas eléctricas, cerramientos, charcas, depósitos,
etc. Si se decidiera realizar alguna de estas actuaciones, se deberá comunicar de
manera previa al órgano ambiental para evaluar su idoneidad.
10. Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus
zonas e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo.
No deberán quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón, tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación
correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
11. Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria
con su continua puesta a punto, así como la generación de ruidos.