Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062911)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por María del Carmen Sánchez Suira, en el término municipal de Puebla del Prior.
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NÚMERO 189
Jueves, 30 de septiembre de 2021

46632

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación porcina promovida por María del Carmen Sánchez Suira, en el
término municipal de Puebla del Prior. (2021062911)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 22 de julio de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, cuyas tasas fueron liquidadas con fecha 16 de octubre de 2019, la solicitud de
Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de una explotación porcina en régimen intensivo ubicada en el término municipal Puebla del Prior y promovida por María del
Carmen Sánchez Suira con NIF XXXX9011D.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina en régimen intensivo con capacidad para 2.000 plazas de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2. del anexo II.
Las instalaciones de la explotación porcina se ubicarán en la parcela 38 del polígono 11 del término municipal de Puebla del Prior (Badajoz), siendo la referencia catastral
06109A011000380000TD. La finca cuenta con una superficie total de 19,5980 hectáreas.
Tercero. La instalación cuenta con resolución de impacto ambiental de fecha 23 de marzo
de 2021 (Expte: IA 19/1764). El cual se incluye íntegramente en el anexo II de la presente
resolución.
Cuarto. El órgano ambiental publica Anuncio de fecha 11 de febrero de 2020 en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 11 de febrero de 2020, sin que se hayan pronunciado al
respecto.