Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062876)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad Internacional Valenciana para el desarrollo de prácticas externas del área de educación.
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NÚMERO 189
Jueves, 30 de septiembre de 2021
46540
— Mantener contacto con la persona responsable de la tutoría académica de la universidad
durante el desarrollo de las prácticas, y comunicarle cualquier incidencia que pudiera
producirse.
— Incorporarse al centro educativo donde se van a desarrollar las prácticas externas en
la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— Desarrollar el proyecto formativo de centro y cumplir con diligencia las actividades acordadas con el centro educativo, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
— Elaborar la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe intermedio.
— Guardar confidencialidad, en relación con la información interna del centro educativo, así
como secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
— Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa sobre la organización y funcionamiento del centro educativo en el que se desarrollan las prácticas externas.
— Solicitar la certificación negativa de delincuentes sexuales antes del inicio de las prácticas externas y enviar dicha información al centro educativo donde se van a realizar las
prácticas.
— Durante la vigencia del presente convenio, el alumnado que participe en las prácticas
no podrá ocupar puesto de trabajo alguno en el centro educativo de la Consejería de
Educación y Empleo, ni de carácter eventual, salvo autorización expresa de la comisión
de prácticas de la VIU, o en su caso, del órgano designado desde dicha universidad, a
tal efecto. A este respecto, el alumnado solicitará la autorización escrita a la VIU.
— Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se
derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución laboral propia de puestos de trabajo.
Tercera. Reconocimiento.
La VIU expedirá a la persona docente encargada de las tutorías y al responsable de la coordinación de prácticas en el centro, un certificado de tutorización de prácticas, por la cual se les
reconocerá su participación en las prácticas externas, de los títulos del área de educación de
grado y máster, así mismo el profesorado acreditado dispondrá de los siguientes beneficios:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de la universidad, en los términos previstos en su normativa.
Jueves, 30 de septiembre de 2021
46540
— Mantener contacto con la persona responsable de la tutoría académica de la universidad
durante el desarrollo de las prácticas, y comunicarle cualquier incidencia que pudiera
producirse.
— Incorporarse al centro educativo donde se van a desarrollar las prácticas externas en
la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— Desarrollar el proyecto formativo de centro y cumplir con diligencia las actividades acordadas con el centro educativo, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
— Elaborar la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe intermedio.
— Guardar confidencialidad, en relación con la información interna del centro educativo, así
como secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
— Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa sobre la organización y funcionamiento del centro educativo en el que se desarrollan las prácticas externas.
— Solicitar la certificación negativa de delincuentes sexuales antes del inicio de las prácticas externas y enviar dicha información al centro educativo donde se van a realizar las
prácticas.
— Durante la vigencia del presente convenio, el alumnado que participe en las prácticas
no podrá ocupar puesto de trabajo alguno en el centro educativo de la Consejería de
Educación y Empleo, ni de carácter eventual, salvo autorización expresa de la comisión
de prácticas de la VIU, o en su caso, del órgano designado desde dicha universidad, a
tal efecto. A este respecto, el alumnado solicitará la autorización escrita a la VIU.
— Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se
derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución laboral propia de puestos de trabajo.
Tercera. Reconocimiento.
La VIU expedirá a la persona docente encargada de las tutorías y al responsable de la coordinación de prácticas en el centro, un certificado de tutorización de prácticas, por la cual se les
reconocerá su participación en las prácticas externas, de los títulos del área de educación de
grado y máster, así mismo el profesorado acreditado dispondrá de los siguientes beneficios:
a) Al reconocimiento de su actividad colaboradora, por parte de la universidad, en los términos previstos en su normativa.