Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062890)
Resolución de 29 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de un centro de recepción y reciclaje de residuos sólidos procedentes de obra civil (escombros) promovido por Valentín Blanco Guerrero en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 188
46450
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
4. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá de
leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. C
ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente
resolución.
6. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 29 de junio de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ
46450
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
4. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá de
leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. C
ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente
resolución.
6. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se haya presentado, la presente resolución será firme a todos los efectos legales.
Mérida, 29 de junio de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ