Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Información Pública. (2021062913)
Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación con el Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que se modifican el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas.
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NÚMERO 188
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
V
46490
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública
en relación con el Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que
se modifican el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan
y establecen ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el
Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que
se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas. (2021062913)
Elaborado y publicado el Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que se modifican el
Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1 de
septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas (DOE núm. 186,
de 27 de septiembre de 2021), y con carácter previo a su convalidación, si procede, por la
Asamblea de Extremadura, se estima procedente someterlo a audiencia e información pública
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66, apartados 3 y 4, de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Con base en lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un periodo
de siete días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada
pueda examinar el texto del Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que se modifican
el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a
autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1
de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas y formular las
alegaciones y propuestas que estime oportunas.
Las alegaciones y propuestas que se formulen podrán ser remitidas a la siguiente dirección de
correo electrónico: ayudasreactivacion@juntaex.es
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
V
46490
ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública
en relación con el Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que
se modifican el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan
y establecen ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el
Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que
se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas. (2021062913)
Elaborado y publicado el Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que se modifican el
Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1 de
septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas (DOE núm. 186,
de 27 de septiembre de 2021), y con carácter previo a su convalidación, si procede, por la
Asamblea de Extremadura, se estima procedente someterlo a audiencia e información pública
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66, apartados 3 y 4, de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Con base en lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un periodo
de siete días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada
pueda examinar el texto del Decreto-ley 7/2021, de 22 de septiembre, por el que se modifican
el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a
autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España y el Decreto-ley 6/2021, de 1
de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de estas ayudas y formular las
alegaciones y propuestas que estime oportunas.
Las alegaciones y propuestas que se formulen podrán ser remitidas a la siguiente dirección de
correo electrónico: ayudasreactivacion@juntaex.es