Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062862)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual M-009 del Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Cabañas del Castillo.
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NÚMERO 187
46314
Martes, 28 de septiembre de 2021
2. Consultas.
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas
afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en el plazo máximo de treinta
días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe.
Para dar cumplimiento a dicho trámite, con fecha 14 de julio de 2021, se realizaron consultas
a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas para que se pronunciaran en el plazo indicado, en relación con las materias propias de su competencia, sobre los
posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de la modificación puntual propuesta.
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
X
D.G de Política Forestal
X
Servicio de Ordenación del Territorio
X
Confederación Hidrográfica del Tajo
X
D.G. de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
D.G. de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias
-
Diputación de Cáceres
X
Coordinación Agentes Medio Natural UTV-3
-
Adenex
-
Sociedad Española de Ornitología
-
Ecologistas en Acción
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
Ecologistas Extremadura
-
46314
Martes, 28 de septiembre de 2021
2. Consultas.
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas
afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en el plazo máximo de treinta
días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe.
Para dar cumplimiento a dicho trámite, con fecha 14 de julio de 2021, se realizaron consultas
a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas para que se pronunciaran en el plazo indicado, en relación con las materias propias de su competencia, sobre los
posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de la modificación puntual propuesta.
LISTADO DE CONSULTADOS
RESPUESTAS
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
X
D.G de Política Forestal
X
Servicio de Ordenación del Territorio
X
Confederación Hidrográfica del Tajo
X
D.G. de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
D.G. de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias
-
Diputación de Cáceres
X
Coordinación Agentes Medio Natural UTV-3
-
Adenex
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Sociedad Española de Ornitología
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Ecologistas en Acción
-
Fundación Naturaleza y Hombre
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Ecologistas Extremadura
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