Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2021040140)
Decreto 111/2021, de 22 de septiembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: EDAR en Cañamero.
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NÚMERO 187
Martes, 28 de septiembre de 2021

46205

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

DECRETO 111/2021, de 22 de septiembre, sobre declaración de urgencia
de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: EDAR en
Cañamero. (2021040140)
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente de la Junta de Extremadura 16/2019, de 1 de julio, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas, siendo desarrollado mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, que le atribuye el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de
las infraestructuras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como la coordinación de las políticas de aguas autonómica, así como la regulación del
abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas de conformidad con el artículo 5.1.a)
del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Edar en Cañamero” el proyecto fue aprobado en fecha 9 de
diciembre de 2020, habiéndose practicado información pública mediante Resolución de 18
de marzo de 2021 (DOE n.º 65, de 8 de abril de 2021). Se han practicado notificaciones individuales y, así mismo, el resto de publicaciones exigidas legalmente, habiéndose recibido
alegaciones dentro del plazo al efecto concedido de D. Bonifacio Expósito Ropero, Dª. Valentina Mirasierra Delgado, Dª Isabel Jiménez Peloche, D. Juan Gil Delgado, D. Benito Javier Tena
Arévalo, D. Joaquín Castro Baus, D. Diego Delgado Ruiz, D. Francisco Sánchez Herrera, D.
Matías Torres Gonzalvo, Desmontes y Excavaciones Ortigosa, SA, D. Manuel Moreno Cerezo
y Dª. Paulina Alexandra Osorio. Se han contestado las alegaciones recibidas, constando en el
expediente acreditación de lo actuado. Se adjunta relación definitiva de afectados.
La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata
viene soportando graves problemas de saneamiento habida cuenta que no dispone de ningún
sistema de depuración, realizándose el vertido de aguas residuales al cauce del río Ruecas en
las proximidades del casco urbano. Todo ello ocasiona riesgos higiénico-sanitarios que requieren con urgencia la implantación de un sistema de depuración adecuado para el cumplimiento
de la Directiva Europea 91/271.