Consejería De Educación Y Empleo. Conciertos Educativos. (2021062868)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Consejera, por la que se resuelve el procedimiento de renovación, suscripción y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2021/2022 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 186

46039

Lunes, 27 de septiembre de 2021

3. L
 os documentos administrativos correspondientes a los conciertos educativos se formalizarán por cuadriplicado correspondiendo su firma, por parte de la Administración educativa,
a las Delegadas Provinciales de Educación en Badajoz y Cáceres; por parte de los centros
privados deberán firmar los titulares de los mismos o quien ostente su representación debidamente acreditada.
Tercero. Obligaciones de los centros concertados.
Los centros privados concertados deberán cumplir con las obligaciones específicas establecidas en el en el Decreto 64/2021, de 16 de junio, por el que se establecen normas para la
aplicación del Régimen de Conciertos Educativos durante los cursos académicos 2021/2022 a
2024/2025 y según Decreto 67/2017, de 23 de mayo, por el que se establecen normas para
la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 2017/2018,
para la enseñanza de Educación Primaria, en el curso 2021/2022, así como el resto de la
normativa autonómica o estatal aplicable, y lo estipulado en los documentos de formalización
del concierto.
Cuarto. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
administrativo de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de su publicación oficial en el Diario Oficial de Extremadura,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin
perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime oportuno.
Asimismo, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de la presente Resolución, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 21 de septiembre de 2021.
La Consejera de Educación y Empleo,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN