Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062809)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad Europea para el desarrollo de prácticas externas curriculares y extracurriculares.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 185
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45878
Corresponde a esta Comisión de Seguimiento la interpretación de las cláusulas del presente
convenio, así como la resolución de cuantas dudas e incidencias pudieran plantearse para su
cumplimiento, ejecución y consecución de sus fines.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la sección 3ª del
capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del
Sector Público, para los órganos colegiados.
Quinta. Marco de actuación.
La Consejería de Educación y Empleo y la Universidad Europea, a través de la Comisión de
Seguimiento, evaluarán anualmente el desarrollo de las prácticas externas, con el fin de asegurar la permanente adaptación del mismo a las necesidades del sistema educativo y a la
evolución de la profesión docente.
Las actuaciones litigiosas que surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán resueltas por la Comisión de Seguimiento.
Sexta. Publicidad.
En todos los elementos que se empleen para la difusión de todos los actos materiales y actividades realizadas en el marco del presente convenio se hará mención expresa a las Instituciones firmantes del mismo.
Séptima. Vigencia y prórroga.
Este convenio entrará en vigor desde el momento de su firma, y tendrá una vigencia de cuatro
años. En cualquier momento antes de la finalización del plazo mencionado, los firmantes de
este documento pueden acordar unánimemente su prórroga por un período de igual duración.
Octava. Código de conducta.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura conoce y comparte el
compromiso ético y de buen gobierno de la Universidad Europea que inspira su sistema de
gobierno corporativo y se obliga a respetar íntegramente la legalidad vigente y sus normas
internas de conducta, en particular, el Código Ético de la Universidad Europea, en el ámbito
de la colaboración de este convenio.
Asimismo, la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura se compromete,
en el ámbito de este convenio, a no realizar actuaciones que vayan, directa o indirectamente,
en desprestigio de la Universidad Europea.
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45878
Corresponde a esta Comisión de Seguimiento la interpretación de las cláusulas del presente
convenio, así como la resolución de cuantas dudas e incidencias pudieran plantearse para su
cumplimiento, ejecución y consecución de sus fines.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la sección 3ª del
capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del
Sector Público, para los órganos colegiados.
Quinta. Marco de actuación.
La Consejería de Educación y Empleo y la Universidad Europea, a través de la Comisión de
Seguimiento, evaluarán anualmente el desarrollo de las prácticas externas, con el fin de asegurar la permanente adaptación del mismo a las necesidades del sistema educativo y a la
evolución de la profesión docente.
Las actuaciones litigiosas que surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán resueltas por la Comisión de Seguimiento.
Sexta. Publicidad.
En todos los elementos que se empleen para la difusión de todos los actos materiales y actividades realizadas en el marco del presente convenio se hará mención expresa a las Instituciones firmantes del mismo.
Séptima. Vigencia y prórroga.
Este convenio entrará en vigor desde el momento de su firma, y tendrá una vigencia de cuatro
años. En cualquier momento antes de la finalización del plazo mencionado, los firmantes de
este documento pueden acordar unánimemente su prórroga por un período de igual duración.
Octava. Código de conducta.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura conoce y comparte el
compromiso ético y de buen gobierno de la Universidad Europea que inspira su sistema de
gobierno corporativo y se obliga a respetar íntegramente la legalidad vigente y sus normas
internas de conducta, en particular, el Código Ético de la Universidad Europea, en el ámbito
de la colaboración de este convenio.
Asimismo, la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura se compromete,
en el ámbito de este convenio, a no realizar actuaciones que vayan, directa o indirectamente,
en desprestigio de la Universidad Europea.