Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062809)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad Europea para el desarrollo de prácticas externas curriculares y extracurriculares.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 185
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45874
Asimismo, la Universidad Europea asignará al alumnado que cursa los estudios correspondientes de las prácticas externas del área de educación, un centro educativo de prácticas,
teniendo en cuenta la especialidad de los estudios de grado o posgrado, objeto del presente convenio, en los que está matriculado.
Desde el centro, a su vez, se adjudicará el profesorado responsable de las tutorías de cada
estudiante de la especialidad correspondiente. Para esta distribución se tendrán en cuenta
los criterios que se determinen, a estos efectos, desde la Universidad Europea, contando,
para ello, con la participación de la Consejería de Educación y Empleo, con el fin de optimizar los recursos.
Las prácticas externas derivadas de este convenio tendrán una duración por curso académico, que en el caso de prácticas curriculares será la establecida en el correspondiente
plan de estudios.
3) Coordinación de prácticas externas en el centro educativo.
La persona que ostenta la dirección de los centros de formación en prácticas, u otro miembro del equipo directivo, deberá ejercer funciones de coordinación de estas prácticas y
garantizar el adecuado desarrollo de tutorización del alumnado de la universidad, designado a realizar las prácticas en el centro educativo. Por ello, esta persona será, a todos los
efectos, la responsable de la coordinación de prácticas externas en el centro.
Serán funciones específicas de la persona responsable de las prácticas externas las siguientes:
— La coordinación de tareas entre el profesorado de las tutorías del centro.
— La coordinación entre el profesorado de las tutorías y la universidad de origen del
estudiante.
— La coordinación entre el profesorado de las tutorías y la Comisión de Seguimiento de
prácticas externas que se establezca.
— Facilitar al alumnado en prácticas el conocimiento de la organización y funcionamiento del centro, del proyecto educativo y programaciones curriculares, así como de
otros proyectos, programas o actividades en los que el centro participe.
Para garantizar el adecuado desarrollo de las prácticas, la persona responsable de la coordinación y el profesorado de las tutorías del centro celebrarán las reuniones oportunas.
Al finalizar las mismas, emitirán un informe a la Comisión de Seguimiento de prácticas
externas.
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45874
Asimismo, la Universidad Europea asignará al alumnado que cursa los estudios correspondientes de las prácticas externas del área de educación, un centro educativo de prácticas,
teniendo en cuenta la especialidad de los estudios de grado o posgrado, objeto del presente convenio, en los que está matriculado.
Desde el centro, a su vez, se adjudicará el profesorado responsable de las tutorías de cada
estudiante de la especialidad correspondiente. Para esta distribución se tendrán en cuenta
los criterios que se determinen, a estos efectos, desde la Universidad Europea, contando,
para ello, con la participación de la Consejería de Educación y Empleo, con el fin de optimizar los recursos.
Las prácticas externas derivadas de este convenio tendrán una duración por curso académico, que en el caso de prácticas curriculares será la establecida en el correspondiente
plan de estudios.
3) Coordinación de prácticas externas en el centro educativo.
La persona que ostenta la dirección de los centros de formación en prácticas, u otro miembro del equipo directivo, deberá ejercer funciones de coordinación de estas prácticas y
garantizar el adecuado desarrollo de tutorización del alumnado de la universidad, designado a realizar las prácticas en el centro educativo. Por ello, esta persona será, a todos los
efectos, la responsable de la coordinación de prácticas externas en el centro.
Serán funciones específicas de la persona responsable de las prácticas externas las siguientes:
— La coordinación de tareas entre el profesorado de las tutorías del centro.
— La coordinación entre el profesorado de las tutorías y la universidad de origen del
estudiante.
— La coordinación entre el profesorado de las tutorías y la Comisión de Seguimiento de
prácticas externas que se establezca.
— Facilitar al alumnado en prácticas el conocimiento de la organización y funcionamiento del centro, del proyecto educativo y programaciones curriculares, así como de
otros proyectos, programas o actividades en los que el centro participe.
Para garantizar el adecuado desarrollo de las prácticas, la persona responsable de la coordinación y el profesorado de las tutorías del centro celebrarán las reuniones oportunas.
Al finalizar las mismas, emitirán un informe a la Comisión de Seguimiento de prácticas
externas.