Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2021050164)
Orden de 20 de septiembre de 2021 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
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NÚMERO 185
Viernes, 24 de septiembre de 2021

III

45861

OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 20 de septiembre de 2021 por la que se modifica puntualmente
la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deportes. (2021050164)
Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura,
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante la presente orden de modificación de puestos de trabajo, se lleva a cabo la adaptación de determinados puestos de estructura a la situación actual en la que se vienen desarrollando las funciones que tienen atribuidas, en las que, entre otros aspectos, deben asumirse
las exigencias de los nuevos perfiles técnicos del Sistema Integrado de Gestión EconómicoFinanciero Alcántara, con el fin de adecuar correctamente las áreas funcionales de aquellos
puestos que lo requieran.
Para ello resulta necesario flexibilizar el perfil requerido, en cuanto a la elevada especificidad
de los requisitos que los caracterizaban, ampliando determinados aspectos que permitan optimizar el desempeño de las funciones asignadas.