Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0069)
Acuerdo de 26 de septiembre de 2019, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Garrovillas de Alconétar, consistente en la redelimitación de la UE 5, mediante la exclusión de su ámbito de parcela municipal, que pasa a completarse como suelo urbano de uso dotacional (Residencia de ancianos) y la modificación del artículo 87 "Tipología de la Edificación" para su adaptación a sus condiciones específicas.
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NÚMERO 185
Viernes, 24 de septiembre de 2021

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de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de
organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura (DOE n.º 87 de 9 de mayo). Y no solo por razones de coherencia, sino
en base a que se encuentra referido a instrumentos y procedimientos contemplados en la
anterior LSOTEX.
En la nueva documentación aportada por el Ayuntamiento, en contestación a las observaciones advertidas en anterior sesión de esta Comisión de 27-6-19, se justifica y acredita
que los terrenos excluidos de la UE-5 (4.572 m2), y que ahora pasarían a SUC, disponen
de todos los servicios propios de este suelo, se destinarán a Equipamiento Sanitario-Asistencial de titularidad pública, y no consumirían aprovechamiento lucrativo.
Por otro lado, las previsiones contempladas para la nueva UE-5 redelimitada, se adaptarían a los estándares de calidad y cohesión urbanas contempladas en el artículo 74 de la
LSOTEX.
Por tanto, sus determinaciones se han adaptado a las limitaciones contenidas en el artículo
80.2 de la LSOTEX. Sin perjuicio de que para los nuevos desarrollos urbanísticos previstos
por el planeamiento general sobre los que aún no se hubiera presentado consulta de viabilidad alguna, sus propuestas deban adaptarse íntegramente al nuevo régimen jurídico
y a los nuevos estándares mínimos previstos en el artículo 74 de la reciente Ley 10/2015
de 8 de abril-DOE 10-4-15-(disposición transitoria primera de la Ley 9/2010 de 18-10 de
Modificación de la LSOTEX/DOE 20-10-10).
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA
1) A
 probar definitivamente la modificación puntual n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal epigrafiada.
2) P
 ublicar como anexo I a este acuerdo, la nueva normativa y/o ficha urbanística de la UE-5,
resultantes de la aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 79.2 de la Ley 10/2015 de 8 de abril,
de modificación de la LSOTEX (DOE 10-04-2015), a esta resolución (que también se publicará en la sede electrónica de la Junta de Extremadura), se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo (formato “Word”), en el que, con la identificación de
la Empresa o técnico redactor del proyecto y su correspondiente cualificación empresarial
o profesional, se recojan las características esenciales de la nueva ordenación, junto con
un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.