Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021062838)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 183
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45591
CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOCÍA
RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas
a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones
de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución
del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres
correspondiente al año 2021. (2021062838)
La Ley 8/2011 de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura, en su artículo 5.2 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los términos previstos en el Estatuto de Autonomía, la competencia
normativa y de ejecución en materia de igualdad entre mujeres y hombres y la coordinación
con la Administración General del Estado y las Entidades locales en el ejercicio de las competencias que le sean propias.
Por Ley 11/2001, de 10 de octubre, se crea el Instituto de la Mujer de Extremadura como
Organismo Autónomo al que se le encomienda promover las condiciones para que la igualdad
entre sexos sea real y efectiva, posibilitando la participación de la mujer en la vida política,
económica, cultural, laboral y social en Extremadura, eliminando cualquier forma de discriminación y salvando los obstáculos que lo impidan.
Mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y del Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Portavocía, se atribuye a la
misma las competencias en materia de igualdad, y adscribiéndose a la misma al Instituto de
la Mujer de Extremadura.
La Orden de 24 de agosto de 2021, (DOE n.º 169, de 1 de septiembre de 2021) establece
las bases reguladoras, que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de
oportunidades, entre mujeres y hombres.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la
Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, el procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva se inicia siempre de oficio mediante la convocatoria aprobada por resolución
del titular de la secretaria general competente o a la que estén adscritos los organismos o
entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45591
CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOCÍA
RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas
a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones
de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución
del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres
correspondiente al año 2021. (2021062838)
La Ley 8/2011 de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura, en su artículo 5.2 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los términos previstos en el Estatuto de Autonomía, la competencia
normativa y de ejecución en materia de igualdad entre mujeres y hombres y la coordinación
con la Administración General del Estado y las Entidades locales en el ejercicio de las competencias que le sean propias.
Por Ley 11/2001, de 10 de octubre, se crea el Instituto de la Mujer de Extremadura como
Organismo Autónomo al que se le encomienda promover las condiciones para que la igualdad
entre sexos sea real y efectiva, posibilitando la participación de la mujer en la vida política,
económica, cultural, laboral y social en Extremadura, eliminando cualquier forma de discriminación y salvando los obstáculos que lo impidan.
Mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y del Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Portavocía, se atribuye a la
misma las competencias en materia de igualdad, y adscribiéndose a la misma al Instituto de
la Mujer de Extremadura.
La Orden de 24 de agosto de 2021, (DOE n.º 169, de 1 de septiembre de 2021) establece
las bases reguladoras, que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de
oportunidades, entre mujeres y hombres.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la
Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, el procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva se inicia siempre de oficio mediante la convocatoria aprobada por resolución
del titular de la secretaria general competente o a la que estén adscritos los organismos o
entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.