Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2021040137)
Decreto 109/2021, de 15 de septiembre, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Depuración de aguas residuales urbanas en Peñalsordo.
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NÚMERO 182
Martes, 21 de septiembre de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
DECRETO 109/2021, de 15 de septiembre, sobre declaración de urgencia de
la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Depuración de
aguas residuales urbanas en Peñalsordo. (2021040137)
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente de la Junta de Extremadura 16/2019, de 1 de julio, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas, siendo desarrollado mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, que le atribuye el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de
las infraestructuras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como la coordinación de las políticas de aguas autonómica, así como la regulación del
abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas de conformidad con el artículo 5.1.a)
del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b), en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Depuración de aguas residuales urbanas en Peñalsordo” el
proyecto fue aprobado en fecha 9 de diciembre de 2020, habiéndose practicado información
pública por Resolución de 17 de marzo de 2021 (DOE n.º 64, de 7 de abril de 2021), habiendo
recibido alegaciones dentro del plazo al efecto concedido por Herederos de Jacinto Jiménez
Castellanos. Se han practicado, así mismo, el resto de publicaciones exigidas legalmente. Se
adjunta relación definitiva de afectados.
La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata viene soportando graves problemas de saneamiento habida cuenta que no dispone de sistema de
depuración, reconduciendo sus vertidos a través de varios emisarios de tuberías de hormigón
de diferentes diámetros que vierten en cuatro puntos de cauces cercanos a la población, con
vertiente hacia el embalse de la Serena. El punto uno vierte en las cercanías del cementerio
municipal, el punto dos se sitúa en las cercanías del tanatorio municipal, junto a la carretera
local de acceso al área de recreo junto al embalse y los puntos de vertido tres y cuatro se
sitúan al este de la población desembocando en el arroyo Cachafre. Todo ello conlleva riesgos
higiénico-sanitarios que requieren con urgencia la implantación de un sistema de depuración
adecuado para el cumplimiento de la Directiva Europea 91/271.