Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062780)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para financiar actuaciones relacionadas con la realización de planes de acción para el clima y la energía sostenible en Extremadura.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 181
Lunes, 20 de septiembre de 2021

45326

El IVA se considerará gasto subvencionable con carácter general. En ningún caso se
consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles
de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta.
Las facturas para poder imputarse en su totalidad a la Transferencia Específica deberán
indicar en el concepto la denominación de la Transferencia Específica a que se refiera.
Requisitos de los justificantes de pago.
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a continuación:


• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.



• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe
del documento de gasto.



• Certificado bancario, en el que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente
pagada.



• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.



• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.



• Pago nominativo realizado por internet donde se indique que el pago ha sido
realizado. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el
importe indicado en el documento de gasto.



• Para documentos de gasto con importe inferior a 600€, y siempre que estén referidos a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí
del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket,
etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del
pago.



• En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el
importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose
de los pagos efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. La suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el
pago agrupado.