Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062780)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para financiar actuaciones relacionadas con la realización de planes de acción para el clima y la energía sostenible en Extremadura.
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NÚMERO 181
Lunes, 20 de septiembre de 2021

45324

A. Estructura de la justificación de actuaciones.
La justificación de actuaciones estará compuesta de:


1. Memoria Económica de gastos, conforme lo establecido en el apartado 3 de la cláusula cuarta del presente convenio.



2. E
 xpediente justificativo, que incluirá toda la documentación numerada que de soporte a cada uno de los asientos contables que se recogen en la Memoria Económica
anterior.

3. Memoria Técnica donde se recojan las actuaciones llevadas a cabo, junto con los
entregables de cada actividad.
B. Gastos financiables según la estructura presupuestaria.
Según su naturaleza, los gastos subvencionables tendrán la consideración de costes directos o indirectos.
1. Costes directos.
Se consideran costes directos los vinculados de manera necesaria al desarrollo de la acción o que estén inequívocamente identificables con ella y cuya relación con las actuaciones pueda demostrarse de manera indubitada, tales como personal contratado por
la entidad para la ejecución de actividades o los servicios exteriores que se necesiten
para el desarrollo de alguno de los ámbitos de las actuaciones.


Dentro de esta clasificación se imputarán los siguientes gastos:



1.1. Gastos de personal.



Corresponden a esta partida los gastos relacionados con la adscripción por AGENEX
para la realización de las actuaciones.



Documentación justificativa:



— Nómina firmada por el trabajador.



— Documentos acreditativos del pago de la nómina (justificantes bancarios y si
es mediante cheque, nomina firmada por el trabajador).

— Boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2), debidamente sellados por la oficina recaudadora, acompañado de justificante bancario o TC1
sellado por el banco.