Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050162)
Orden de 17 de septiembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
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NÚMERO 181
Lunes, 20 de septiembre de 2021



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c) Encontrarse, en relación con el Cuerpo referido en el apartado a) en servicio activo o
en cualquier otra situación administrativa, siempre que haya transcurrido el tiempo
mínimo requerido de permanencia en dicha situación.



d) Tener una antigüedad de al menos dos años de servicios efectivos prestados como
funcionario/a de carrera en el Cuerpo Técnico, Subgrupo A2.



e) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos del Cuerpo
al que aspira acceder.



f) No pertenecer como funcionario/a de carrera a la misma Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presente.

2. Los/as aspirantes que se presenten por el cupo de reserva de personas con discapacidad
deberán poseer un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, legalmente reconocido por el órgano competente, cumplir los requisitos que se establecen en el Decreto
111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad
al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras
de la integración de los empleados públicos con discapacidad y acreditarlo. A tales efectos
deberán presentar junto con la solicitud de participación certificación acreditativa expedida
al efecto por el órgano competente o bien una declaración responsable, en cuyo caso si
obtuviesen plaza, deberán aportar la indicada certificación de conformidad con lo dispuesto
en la base novena.
3. De conformidad con lo expuesto en el decreto 181/2016, de 22 de noviembre, sobre la
aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, al ámbito del empleo público de la Administración General de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, los/as aspirantes que pretendan o puedan resultar adjudicatarios/as de un puesto, que suponga contacto habitual con menores deberán acreditar la
circunstancia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la
libertad e indemnidad sexual, con carácter previo al acto de elección de plazas.
Dicha acreditación se realizará mediante la presentación del correspondiente certificado
emitido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales o de la autorización a la Administración para recabar el referido certificado.
4. T
 odos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo
hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de superarse el concursooposición, del modo que se indica en la base novena de esta convocatoria.