Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. (2021050162)
Orden de 17 de septiembre de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a puestos vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
50 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 181
Lunes, 20 de septiembre de 2021
45244
que fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y prelación
de los/as aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue
publicado mediante Resolución de 26 de febrero de 2021 (DOE número 42, de 3 de marzo).
De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo
apellido, y de seguir persistiendo a la del nombre.
4. Los Tribunales de Selección elevarán las relaciones provisionales de aprobados/as a la
Dirección General de Función Pública, quien dispondrá su inserción en el Diario Oficial de
Extremadura, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 10 días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de su publicación, para presentar las alegaciones que estimen
pertinentes, las cuales no tendrán carácter de recurso.
5. F
inalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados/as y
dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, en el supuesto
de que algún/a aspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad, supere los
ejercicios correspondientes, no obtuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera
superior a la obtenida por otros/as aspirantes del turno general de promoción interna, será
incluido/a, por orden de puntuación, en dicha relación definitiva de aprobados/as, según
lo previsto en el artículo 15 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el
acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con
discapacidad.
La mencionada relación definitiva de aprobados/as agota la vía administrativa, pudiendo
los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso
que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Seguidamente los Tribunales de Selección y el Tribunal Único remitirán a la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, junto con toda la documentación del proceso de selección, las actas de las sesiones.
6. N
o se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de aprobados/as que contravengan esta limitación.
Lunes, 20 de septiembre de 2021
45244
que fue la resultante en el sorteo público que determina el orden de actuación y prelación
de los/as aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año, que fue
publicado mediante Resolución de 26 de febrero de 2021 (DOE número 42, de 3 de marzo).
De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo
apellido, y de seguir persistiendo a la del nombre.
4. Los Tribunales de Selección elevarán las relaciones provisionales de aprobados/as a la
Dirección General de Función Pública, quien dispondrá su inserción en el Diario Oficial de
Extremadura, disponiendo los/as interesados/as de un plazo de 10 días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de su publicación, para presentar las alegaciones que estimen
pertinentes, las cuales no tendrán carácter de recurso.
5. F
inalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados/as y
dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, en el supuesto
de que algún/a aspirante, que haya concurrido por el turno de discapacidad, supere los
ejercicios correspondientes, no obtuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera
superior a la obtenida por otros/as aspirantes del turno general de promoción interna, será
incluido/a, por orden de puntuación, en dicha relación definitiva de aprobados/as, según
lo previsto en el artículo 15 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el
acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con
discapacidad.
La mencionada relación definitiva de aprobados/as agota la vía administrativa, pudiendo
los/as interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso
que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar acreditada en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Seguidamente los Tribunales de Selección y el Tribunal Único remitirán a la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, junto con toda la documentación del proceso de selección, las actas de las sesiones.
6. N
o se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de aprobados/as que contravengan esta limitación.