Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062763)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena en materia de uso público en áreas protegidas. Anualidades 2021 y 2022. Expediente.: 211803SYM001.
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NÚMERO 180
Viernes, 17 de septiembre de 2021

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vamente realizados y acreditados mediante facturas, nóminas de personal, seguros sociales,
o documentos contables de valor probatorio equivalente, así como su efectivo pago. Junto a
cada certificación, el Ayuntamiento remitirá una solicitud de pago especificando el importe
a abonar por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad conforme
lo estipulado en la presente cláusula. Además, el beneficiario deberá aportar original o copia
compulsada del acreditante de cada uno de los gastos y pagos realizados (nómina, facturas,
seguros sociales, acreditantes bancarios u otros documentos contables de valor probatorio
equivalente).
Las certificaciones emitidas por la Intervención del Ayuntamiento o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad, relativas a la
justificación de gastos y pagos, además deberán soportarse aportando para cada uno de los
contratos y/o gastos realizados las listas de comprobación que se adjuntan como anexo II.
Dichas listas de comprobación deberán firmarse por la persona que ostente las funciones de
intervención en el Ayuntamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 52 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo “Los beneficiarios,
las entidades colaboradoras y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su
justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea
requerida en el ejercicio de las funciones de control a la Intervención General de la Junta de
Extremadura, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan
atribuidas funciones de control financiero”. En este sentido el Ayuntamiento deberá facilitar
aquella documentación acreditativa necesaria para la cumplimentación y desarrollo de los
controles administrativos y sobre el terreno conforme a la normativa vigente. En concreto
el Ayuntamiento deberá facilitar documentación relativa a los aspectos determinados en el
anexo III del presente convenio junto a la certificación del saldo final descrita en el párrafo
anterior. En caso de incumplimiento se atenderá a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo.
Novena. Subcontratación.
El Ayuntamiento de Villanueva de la Serena podrá subcontratar hasta el 100% del proyecto
objeto de subvención regulado en el presente convenio. Se considera que existe subcontratación cuando el beneficiario concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actuación.
Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el
beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. El Ayuntamiento
de Villanueva de la Serena habrá de respetar en sus relaciones con los subcontratistas, las
previsiones de la normativa en materia de contratos del sector público para los contratos
subvencionados.