Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062781)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Carlos Enrique Rodríguez Díez, en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 180
Viernes, 17 de septiembre de 2021

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namiento, momento que se aprovechará para el mantenimiento de esta infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones óptimas, y reparando cualquier
deficiencia de la instalación.


En el caso de que sean detectados productos químicos (desinfectantes), el vertido
final almacenado será entregado a un gestor autorizado por el organismo competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final podrá
ser empleado como fertilizante orgánico. Para facilitar la salida de los animales que
pudieran caer accidentalmente en balsas de purines, se instalarán dispositivos que
aumenten la rugosidad de la superficie de la lámina impermeabilizadora. Estos dispositivos deberán ser fijos y duraderos en el tiempo (en caso de deterioro ser sustituidos), y podrán consistir en bandas de PVC rugoso (tipo moqueta), entramados
metálicos, o material reutilizado como cintas transportadoras de goma con rugosidades, etc. Cada dispositivo será de aproximadamente un metro de ancho y se colocará
al menos una en cada lado.

3. La explotación porcina dispondrá de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento del mismo será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles
sólidos. El estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad,
momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se
produzcan se dirijan a la balsa purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la
construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso
de pluviales al cubeto.


4. En el caso de instalar aseos, las aguas residuales generadas en ellos serán almacenadas en una fosa séptica estanca (diferente a las fosas de purines) y se gestionarán por gestor autorizado, debiendo seguir las recomendaciones establecidas por la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, en el caso de optar por depurar sus aguas
residuales de forma individualizada y verterlas directamente o indirectamente al
DPH, se debe contar con la correspondiente autorización de vertido.



5. S
 egún la documentación aportada no existirá iluminación exterior.



6. L
 os residuos generados durante la fase de adaptación deberán ser gestionados conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se
regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por el
Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de
la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.