Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062699)
Resolución de 30 de agosto de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran, en concreto de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Línea de alta tensión a 45 kV "STR Garrovillas-Navas del Madroño" (2.ª fase) para mejora del suministro eléctrico en la zona (Cáceres)". Términos municipales: Garrovillas y Navas del Madroño (Cáceres). Expte.: AT-8401-1.
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NÚMERO 178
44880
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o
de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración
inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto
de la misma, podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un
mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cáceres, 30 de agosto de 2021.
El Jefe de Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO
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Miércoles, 15 de septiembre de 2021
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o
de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración
inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto
de la misma, podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un
mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cáceres, 30 de agosto de 2021.
El Jefe de Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO
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