Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062749)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y el Ayuntamiento de Moraleja, para la formación profesional básica de Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios en el IES Jálama de Moraleja
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NÚMERO 178
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
44815
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y EL AYUNTAMIENTO
DE MORALEJA, PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DE
ACTIVIDADES DOMÉSTICAS Y LIMPIEZA DE EDIFICIOS EN EL IES
JÁLAMA DE MORALEJA.
Mérida, 24 de agosto de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, el Ayuntamiento de Moraleja con CIF P1013100A y domicilio en Plaza de España,
núm. 2, código postal 10840 Moraleja, Cáceres, con teléfono de contacto _____ y correo electrónico ______ y Don Julio César Herrero Campo, como Alcalde-Presidente y representante
legal del mismo.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema
educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
44815
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y EL AYUNTAMIENTO
DE MORALEJA, PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA DE
ACTIVIDADES DOMÉSTICAS Y LIMPIEZA DE EDIFICIOS EN EL IES
JÁLAMA DE MORALEJA.
Mérida, 24 de agosto de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, el Ayuntamiento de Moraleja con CIF P1013100A y domicilio en Plaza de España,
núm. 2, código postal 10840 Moraleja, Cáceres, con teléfono de contacto _____ y correo electrónico ______ y Don Julio César Herrero Campo, como Alcalde-Presidente y representante
legal del mismo.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema
educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.