Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062751)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Desdoblamiento de la LAAT-3078-25 "Alburquerque", 45 kV, de la ST "Cáceres", entre la STR "Membrío" y la STR "Valencia de Alcántara"", a realizar en los términos municipales de Membrío y Valencia de Alcántara (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA20/1590.
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NÚMERO 177
Martes, 14 de septiembre de 2021



44754

•L
 a cantidad que resulte de valorar los árboles que se vayan a eliminar para la
ejecución del proyecto se dedicará a la ejecución de un proyecto de restauración de la cubierta vegetal; forestación, reforestación, densificación, apoyo a
la regeneración o restauración de suelos en un Monte de Utilidad Pública de la
comarca en que se encuentre el terreno donde se desarrolle el proyecto.



•E
 n ausencia de terrenos que reúnan las características podrá optarse por otros
terrenos públicos gestionados por la Junta de Extremadura o por otros terrenos de las mismas características en comarcas adyacentes.



•E
 l promotor presentará junto con la evaluación ambiental, además de la justificación por la que no existen alternativas viables a la corta de arbolado, una
propuesta que incluya las acciones propuestas, presupuesto y plazo de ejecución, que se haya consensuado con la Dirección General de Política Forestal.



•S
 e podrá sustituir esta compensación por otras medidas a consensuar con
el promotor en los proyectos en los que la cantidad resultante sea inferior a
10.000 €.



•L
 os trabajos se realizarán siempre siguiendo las normas establecidas en del
Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de
determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.



•S
 e deberá contar con el permiso de la propiedad para ejecutar los trabajos en
los montes de particulares.



•N
 o se realizarán vertidos de residuos tóxicos y peligrosos (aceites usados,
combustible, etc.).



•L
 a época y el procedimiento para la ejecución del desmantelamiento de la línea eléctrica se ajustarán a las que le sean aplicables en función de los usos y
aprovechamientos que puedan verse afectados, por lo indicado en el Informe
de Impacto Ambiental, por la existencia de riesgo de peligro de incendios, o
por autorizaciones de otra índole.



•E
 l beneficiario será responsable de los daños y perjuicios que por deficiencia
en las obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él
imputables, se ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o
indirectamente, quedando obligado consecuentemente a satisfacer las indemnizaciones correspondientes.