Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062756)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación de Mujeres Gitanas "Romis Calis Camelan Naquerar" para la realización del proyecto "Empoderamiento de la mujer gitana y prevención de la violencia de género 2021" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 177
Martes, 14 de septiembre de 2021

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Tercero. La entidad Asociación de mujeres gitanas “Romis Calis Camelan Naquerar” es una
entidad sin ánimo de lucro, de ámbito territorial, en Badajoz y su provincia, cuyas socias y
usuarias son mujeres que viven una triple discriminación: por ser gitanas, mujeres y con
escasa formación. A tal efecto, la entidad tiene recogidos en sus Estatutos, entre otros, los
siguientes fines:
• Contribuir a crear un clima de tolerancia y respeto hacia la comunidad gitana, especialmente hacia las mujeres.
• Impulsar y apoyar la plena inclusión social, cultural y laboral de las mujeres gitanas y
sus familias promoviendo su acceso a la información y la formación como medio para su
autonomía y desarrollo personal.
• Fomentar el éxito educativo de la comunidad gitana y disminuir el abandono escolar.
• Fomentar la educación emocional de los niños/as y jóvenes gitanos/as para prevenir
situaciones de violencia.
• Potenciar el empoderamiento personal de la mujer gitana.
• Promover el acceso de las familias gitanas a una vivienda digna.
• Promover mecanismos de protección a las mujeres gitanas y sus familias contra el racismo y la intolerancia.
• Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
• Promover el movimiento ciudadano de las mujeres gitanas (plataformas, mesas de diálogo, asambleas, encuentros…)
Por otra parte, el proyecto presentado se enmarca dentro de las medidas contempladas para
el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, convirtiéndose la Asociación
de mujeres gitanas “Romis Calis Camelan Naquerar” en la entidad idónea para el desarrollo
del proyecto presentado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Constitución Española en su artículo 9.2 consagra la obligación de los poderes
públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de
los grupos en que se integran sean reales y efectivas.
En consonancia con lo expuesto en el párrafo anterior, el Estatuto de Autonomía de Extremadura
determina, como uno de los principios rectores de los poderes públicos extremeños, en su