Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021062728)
Resolución de 30 de agosto de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Distribuidora eléctrica Valle de Santa Ana, SL, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Soterramiento de la LAMT por zona urbana en Valle de Santa Ana (Badajoz)". Término municipal: Valle de Santa Ana. Expediente: 06/AT209/17999.
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NÚMERO 175
Viernes, 10 de septiembre de 2021
44440
tes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Distribuidora eléctrica Valle de Santa Ana, SL, autorización administrativa previa
de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Soterramiento de la LAMT
por zona urbana en Valle de Santa Ana (Badajoz).”, cuyos datos esenciales son los indicados
seguidamente:
Línea Subterránea Media tensión:
Origen: CT N.º 2 de Valle de Santa Ana (Avd. Libertad).
Fin: Conexión con LSMT existente junto al apoyo n.º 12698.4”.
Tipo: Subterránea s/c, conductor RH5Z1 18/30 kV 3(1X150) mm² Al, y una longitud de
0,250 Km.
Emplazamiento: Avd/ Libertad y C/ Luis Chamizo.
Una vez ejecutadas las obras se procederá al desmontaje del tramo aéreo de media
tensión comprendido entre los apoyos n.º 12698.1 y n.º 12698.41D.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
Viernes, 10 de septiembre de 2021
44440
tes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Distribuidora eléctrica Valle de Santa Ana, SL, autorización administrativa previa
de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Soterramiento de la LAMT
por zona urbana en Valle de Santa Ana (Badajoz).”, cuyos datos esenciales son los indicados
seguidamente:
Línea Subterránea Media tensión:
Origen: CT N.º 2 de Valle de Santa Ana (Avd. Libertad).
Fin: Conexión con LSMT existente junto al apoyo n.º 12698.4”.
Tipo: Subterránea s/c, conductor RH5Z1 18/30 kV 3(1X150) mm² Al, y una longitud de
0,250 Km.
Emplazamiento: Avd/ Libertad y C/ Luis Chamizo.
Una vez ejecutadas las obras se procederá al desmontaje del tramo aéreo de media
tensión comprendido entre los apoyos n.º 12698.1 y n.º 12698.41D.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.