Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Premios. (2021062678)
Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan los Premios de Arquitectura de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 175
Viernes, 10 de septiembre de 2021
44402
1.b. E
quipo integrado por quienes tengan la autoría del trabajo profesional correspondiente.
1.c. Cualquier entidad pública o privada, o por cualquier particular o grupo de particulares
que considere que una determinada obra o trabajo merece ser destacado. Si la propuesta no es presentada por quienes tengan la autoría, se precisará su conformidad
expresa. En el caso de la mención honorífica, deberá ser presentada por un grupo de
al menos diez particulares, entre quienes no se encuentre quien ostente al premio o
por cualquier entidad siendo posible que se presenten diferentes propuestas para la
misma candidatura.
2. C
ada profesional, equipo o entidad, puede proponer, dentro del período establecido, las
obras que considere oportunas. Una misma obra podrá ser presentada a más de una categoría, pero sólo podrá resultar premiada en una de ellas.
3. E
n el caso de la Mención honorífica, cada proponente sólo podrá realizar una propuesta de
un único/a candidato/a.
4. L
as personas galardonadas con premios que implican una contraprestación económica deberán reunir los siguientes requisitos:
— Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, extremo que se justificará con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago. A tal fin, la Consejería de Movilidad
Transporte y Vivienda exigirá al beneficiario/a:
a) Los certificados de estar al corriente con la Hacienda autonómica y la Seguridad
Social en el que caso de que la persona interesada se oponga expresamente en
la solicitud de subvención, a que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal en el caso de que la persona interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención a que
el órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1k) de la
Ley 58/2033, de 17 de diciembre General Tributaria.
— No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad
beneficiaria señaladas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes, 10 de septiembre de 2021
44402
1.b. E
quipo integrado por quienes tengan la autoría del trabajo profesional correspondiente.
1.c. Cualquier entidad pública o privada, o por cualquier particular o grupo de particulares
que considere que una determinada obra o trabajo merece ser destacado. Si la propuesta no es presentada por quienes tengan la autoría, se precisará su conformidad
expresa. En el caso de la mención honorífica, deberá ser presentada por un grupo de
al menos diez particulares, entre quienes no se encuentre quien ostente al premio o
por cualquier entidad siendo posible que se presenten diferentes propuestas para la
misma candidatura.
2. C
ada profesional, equipo o entidad, puede proponer, dentro del período establecido, las
obras que considere oportunas. Una misma obra podrá ser presentada a más de una categoría, pero sólo podrá resultar premiada en una de ellas.
3. E
n el caso de la Mención honorífica, cada proponente sólo podrá realizar una propuesta de
un único/a candidato/a.
4. L
as personas galardonadas con premios que implican una contraprestación económica deberán reunir los siguientes requisitos:
— Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, extremo que se justificará con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago. A tal fin, la Consejería de Movilidad
Transporte y Vivienda exigirá al beneficiario/a:
a) Los certificados de estar al corriente con la Hacienda autonómica y la Seguridad
Social en el que caso de que la persona interesada se oponga expresamente en
la solicitud de subvención, a que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad con el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Certificado de estar al corriente con la Hacienda estatal en el caso de que la persona interesada no autorice expresamente en la solicitud de la subvención a que
el órgano gestor lo recabe de oficio, de conformidad con el artículo 95.1k) de la
Ley 58/2033, de 17 de diciembre General Tributaria.
— No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad
beneficiaria señaladas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.