Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062722)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Fundación Dialnet de la Universidad de La Rioja, y la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura para facilitar el acceso a la producción científica del ámbito extremeño a través del portal de Internet de la Fundación Dialnet.
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NÚMERO 175
44350
Viernes, 10 de septiembre de 2021
Décima. Modificación del convenio.
Este convenio es susceptible de modificación por acuerdo unánime de las partes, que se formalizará mediante la correspondiente adenda.
Undécima. Vigencia y resolución.
Este convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será de cuatro años,
prorrogable expresamente por las partes suscribientes hasta el plazo máximo de cuatro años.
Serán causas de resolución del convenio el mutuo acuerdo entre las partes, la imposibilidad
sobrevenida de cumplir el objeto del mismo o el incumplimiento de una de las partes acreditado por la otra, así como aquellas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las partes vendrán obligadas a comunicarse
recíprocamente, por escrito, la acreditación de la concurrencia de la causa invocada para dar
por extinguida la relación convencional. Esta comunicación se hará con un mes de antelación
a la fecha de la extinción.
Y para que conste, expiden y firman el presente documento:
Por la Fundación Dialnet de la
Universidad de La Rioja.
Por la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes de la Junta de Extremadura.
El Presidente y Rector
El Secretario General
JUAN CARLOS AYALA CALVO
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ
44350
Viernes, 10 de septiembre de 2021
Décima. Modificación del convenio.
Este convenio es susceptible de modificación por acuerdo unánime de las partes, que se formalizará mediante la correspondiente adenda.
Undécima. Vigencia y resolución.
Este convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será de cuatro años,
prorrogable expresamente por las partes suscribientes hasta el plazo máximo de cuatro años.
Serán causas de resolución del convenio el mutuo acuerdo entre las partes, la imposibilidad
sobrevenida de cumplir el objeto del mismo o el incumplimiento de una de las partes acreditado por la otra, así como aquellas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las partes vendrán obligadas a comunicarse
recíprocamente, por escrito, la acreditación de la concurrencia de la causa invocada para dar
por extinguida la relación convencional. Esta comunicación se hará con un mes de antelación
a la fecha de la extinción.
Y para que conste, expiden y firman el presente documento:
Por la Fundación Dialnet de la
Universidad de La Rioja.
Por la Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes de la Junta de Extremadura.
El Presidente y Rector
El Secretario General
JUAN CARLOS AYALA CALVO
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ