Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Información Pública. (2021062731)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación con el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19.
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NÚMERO 174
Jueves, 9 de septiembre de 2021
44284
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública
en relación con el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se
efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y
empresas financiadas por el Gobierno de España reguladas por el Decretoley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el ámbito de sus posibles beneficiarios,
y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como
medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal,
familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19. (2021062731)
Elaborado y publicado el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa
la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por
el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el
ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas
a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la
vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19. (DOE núm. 173,
de 7 de septiembre de 2021), y con carácter previo a su convalidación, si procede, por la
Asamblea de Extremadura, se estima procedente someterlo a audiencia e información pública
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66, apartados 3 y 4, de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Con base en lo anterior,
RESUELVO
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un periodo de siete días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada pueda examinar el texto del “Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se
efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas
por el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el
ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la
contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19” y formular las alegaciones
y propuestas que estime oportunas.
Jueves, 9 de septiembre de 2021
44284
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública
en relación con el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se
efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y
empresas financiadas por el Gobierno de España reguladas por el Decretoley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el ámbito de sus posibles beneficiarios,
y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como
medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal,
familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19. (2021062731)
Elaborado y publicado el Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa
la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por
el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el
ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas
a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la
vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19. (DOE núm. 173,
de 7 de septiembre de 2021), y con carácter previo a su convalidación, si procede, por la
Asamblea de Extremadura, se estima procedente someterlo a audiencia e información pública
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66, apartados 3 y 4, de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Con base en lo anterior,
RESUELVO
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un periodo de siete días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada pueda examinar el texto del “Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se
efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas
por el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el
ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la
contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19” y formular las alegaciones
y propuestas que estime oportunas.