Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062706)
Resolución de 31 de agosto de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Montajes Eléctricos del Guadiana Agrícolas e Industriales, SA, para el ciclo formativo de grado medio de Instalaciones Eléctricas y Automáticas en el IES Cuatro Caminos de Don Benito.
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NÚMERO 174
Jueves, 9 de septiembre de 2021
44197
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y MONTAJES ELÉCTRICOS
DEL GUADIANA AGRÍCOLAS E INDUSTRIALES, SA, PARA EL CICLO
FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y
AUTOMÁTICAS EN EL IES CUATRO CAMINOS DE DON BENITO.
Mérida, 24 de agosto de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Montajes Eléctricos del Guadiana Agrícolas e Industriales, SA, con CIF
A06018329 y domicilio en Polígono Industrial San Isidro, calle de los Carpinteros, 23, código
postal 06400 Don Benito, Badajoz, con teléfono de contacto ***802***, correo electrónico
****@megaisa.es y Doña Isabel Gutiérrez Sánchez, como administradora única y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
Primero. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan
para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
Segundo. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible insta a las Administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con
las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
Tercero. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el
marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo,
con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
Jueves, 9 de septiembre de 2021
44197
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y MONTAJES ELÉCTRICOS
DEL GUADIANA AGRÍCOLAS E INDUSTRIALES, SA, PARA EL CICLO
FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y
AUTOMÁTICAS EN EL IES CUATRO CAMINOS DE DON BENITO.
Mérida, 24 de agosto de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Montajes Eléctricos del Guadiana Agrícolas e Industriales, SA, con CIF
A06018329 y domicilio en Polígono Industrial San Isidro, calle de los Carpinteros, 23, código
postal 06400 Don Benito, Badajoz, con teléfono de contacto ***802***, correo electrónico
****@megaisa.es y Doña Isabel Gutiérrez Sánchez, como administradora única y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
Primero. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan
para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
Segundo. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible insta a las Administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con
las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
Tercero. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el
marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo,
con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.