Consejería De Igualdad Y Portavocía. Acción Social. Subvenciones. (2021062558)
Resolución de 26 de julio de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Fundación Mujeres para la realización del proyecto "Colaboración con Fondo de Becas Fiscal Soledad Cazorla Prieto en Extremadura" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 174
Jueves, 9 de septiembre de 2021
44246
Tercero. La entidad Fundación Mujeres es una organización no gubernamental sin ánimo
de lucro, fundada en 1994, cuyo fin fundacional es el desarrollo de intervención social para
la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres. Desde el año 2016,
Fundación Mujeres gestiona el Fondo de Becas Fiscal Soledad Cazorla Prieto, dirigido al apoyo
económico y legal de las familias que se hacen cargo de la tutela de los hijos e hijas de las
victimas morales de la violencia contra las mujeres.
A tal efecto, la entidad tiene recogidos en sus Estatutos, entre otros, los siguientes fines:
• I ntervenir a favor de la prevención y erradicación de la violencia de género fomentando
la sensibilización social de la población, la cualificación de los agentes y profesionales
implicados en estos procesos, promoviendo la implicación del sistema educativo y favoreciendo el desarrollo de servicios de apoyo y atención a las víctimas.
Entre sus actividades cabe destacar:
•E
l desarrollo de actuaciones y prestación de servicios de asesoramiento, orientación,
acompañamiento y asistencia técnica de todo orden a personas físicas, instituciones
públicas o privadas, directamente o a través de la constitución y gestión de centros especializados en los diferentes ámbitos de actuación de la fundación.
•D
iseño, elaboración, desarrollo y evaluación de proyectos y acciones formativas, incluyendo la formación académica, relacionada con los diferentes ámbitos de actuación,
directamente o a través de la colaboración con otras entidades públicas y privadas.
Por otra parte, el proyecto presentado se enmarca dentro de las medidas contempladas para
el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, convirtiéndose la Fundación
Mujeres en la entidad idónea para el desarrollo del proyecto presentado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La Constitución Española en su artículo 9.2 “corresponde a los poderes públicos
promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en
que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su
plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica,
cultural y social”.
En consonancia con lo expuesto en el párrafo anterior, el Estatuto de Autonomía de Extremadura
determina, como uno de los principios rectores de los poderes públicos extremeños, en su
artículo 7.12 que dichos poderes “consideran un objetivo irrenunciable que informará todas
las políticas regionales y la práctica de las instituciones, la plena y efectiva igualdad de la
mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.
Asimismo, removerán los obstáculos que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva
mediante las medidas de acción positiva que resulten necesarias”.
Jueves, 9 de septiembre de 2021
44246
Tercero. La entidad Fundación Mujeres es una organización no gubernamental sin ánimo
de lucro, fundada en 1994, cuyo fin fundacional es el desarrollo de intervención social para
la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres. Desde el año 2016,
Fundación Mujeres gestiona el Fondo de Becas Fiscal Soledad Cazorla Prieto, dirigido al apoyo
económico y legal de las familias que se hacen cargo de la tutela de los hijos e hijas de las
victimas morales de la violencia contra las mujeres.
A tal efecto, la entidad tiene recogidos en sus Estatutos, entre otros, los siguientes fines:
• I ntervenir a favor de la prevención y erradicación de la violencia de género fomentando
la sensibilización social de la población, la cualificación de los agentes y profesionales
implicados en estos procesos, promoviendo la implicación del sistema educativo y favoreciendo el desarrollo de servicios de apoyo y atención a las víctimas.
Entre sus actividades cabe destacar:
•E
l desarrollo de actuaciones y prestación de servicios de asesoramiento, orientación,
acompañamiento y asistencia técnica de todo orden a personas físicas, instituciones
públicas o privadas, directamente o a través de la constitución y gestión de centros especializados en los diferentes ámbitos de actuación de la fundación.
•D
iseño, elaboración, desarrollo y evaluación de proyectos y acciones formativas, incluyendo la formación académica, relacionada con los diferentes ámbitos de actuación,
directamente o a través de la colaboración con otras entidades públicas y privadas.
Por otra parte, el proyecto presentado se enmarca dentro de las medidas contempladas para
el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, convirtiéndose la Fundación
Mujeres en la entidad idónea para el desarrollo del proyecto presentado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La Constitución Española en su artículo 9.2 “corresponde a los poderes públicos
promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en
que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su
plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica,
cultural y social”.
En consonancia con lo expuesto en el párrafo anterior, el Estatuto de Autonomía de Extremadura
determina, como uno de los principios rectores de los poderes públicos extremeños, en su
artículo 7.12 que dichos poderes “consideran un objetivo irrenunciable que informará todas
las políticas regionales y la práctica de las instituciones, la plena y efectiva igualdad de la
mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.
Asimismo, removerán los obstáculos que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva
mediante las medidas de acción positiva que resulten necesarias”.