Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062702)
Resolución de 31 de agosto de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio de colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de La Lapa y Zafra, en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 172
Lunes, 6 de septiembre de 2021

43718

La financiación del presente convenio asciende a la cantidad de ciento noventa y dos mil
doscientos ochenta y un euros con un céntimo (192.281,01 €), destinada a financiar los
costes de personal y de funcionamiento de la prestación del servicio social de los Ayuntamientos, conforme al presupuesto que se detalla en el anexo I de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una
de las partes firmantes, serán los siguientes:


1. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales,
aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de ciento noventa mil trescientos cincuenta y ocho euros con veinte céntimos (190.358,20 €), correspondiente
al 99% de la financiación del mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, en la posición presupuestaria 10030000/G/252B/46000/CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención Social Básica”, con fuente de financiación Comunidad Autónoma.



2. L
 os Ayuntamientos aportan a la financiación del presente convenio la cantidad total
de mil novecientos veintidós euros con ochenta y un céntimos (1.922,81 €), con
cargo a sus correspondientes Presupuestos Municipales para el año 2021 y en la
parte proporcional que figura en el anexo II. Dicha cantidad total corresponde a la
diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación del convenio.

La aportación de cada uno de los Ayuntamientos hasta alcanzar el 100% de la financiación
establecida en la presente cláusula y que se detalla en el anexo II de este convenio, se
determina en función del número de habitantes con que cuenta cada ayuntamiento, según
los últimos datos de población publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) a la
fecha de celebración del presente convenio, o en su caso, del acuerdo de prórroga. Dichas
aportaciones serán transferidas al Ayuntamiento gestor con antelación suficiente para el
cumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos en el presente convenio.
Segunda. Pago de los compromisos económicos que asume la Junta de Extremadura
tras el aumento de las aportaciones asumidas en la presente adenda.
El pago de los compromisos económicos que asume la Junta de Extremadura tras el aumento
de las aportaciones asumidas en la presente adenda con la modificación del convenio se realizará al Ayuntamiento gestor en la forma prevista en la cláusula quinta del convenio suscrito
el 18 de enero de 2021.
No obstante lo anterior, cuando se hayan realizado al Ayuntamiento gestor pagos
correspondientes a un primer o segundo abono de la cantidad aportada por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales a la financiación del convenio previa a la formalización de la