Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062664)
Resolución de 25 de agosto de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Muñoz Fernández Bienvenido, para el ciclo formativo de grado medio de instalaciones eléctricas y automáticas en el IES Cuatro Caminos de Don Benito.
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NÚMERO 172
Lunes, 6 de septiembre de 2021

43699

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y MUÑOZ FERNÁNDEZ
BIENVENIDO, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE
INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y AUTOMÁTICAS EN EL IES CUATRO
CAMINOS DE DON BENITO.
Mérida, 24 de agosto de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Muñoz Fernández Bienvenido con NIF ***0778** y domicilio en el Polígono Industrial La Alberca, calle La alberquilla, S/N, código postal 06470 Guareña, Badajoz,
con teléfono de contacto 651 614 038 y correo electrónico electricidadbienve@hotmail.com,
y Don Bienvenido Muñoz Fernández como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
Primero. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan
para el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
Segundo. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con
las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
Tercero. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el
marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema educativo,
con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
Cuarto. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre,
establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación