Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062659)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Vera Vieja, SA, en el término municipal de Higuera de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 172
Lunes, 6 de septiembre de 2021

43806

Dado el marcado carácter difuso de las emisiones de estos contaminantes y, por tanto, la
enorme dificultad existente en el control de las emisiones mediante valores límite de emisión, deberán ser sustituidas por la aplicación de las mejores técnicas disponibles.
2. Aplicación de mejores técnicas disponibles:
• Gestión nutricional.


– Reducir el contenido de proteína bruta mediante una dieta equilibrada, teniendo en
cuenta las necesidades energéticas y los aminoácidos digestibles.



–A
 limentación multifases.

• Almacenamiento del estiércol.


–L
 os estiércoles deberán cubrirse mediante una cubierta fija o flexible.



–E
 l estercolero deberá tener una canalización de lixiviados a una fosa.



–E
 l estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.

• Almacenamiento del purín.


–L
 as fosas deberán vaciarse al menos una vez al mes.



– Si la fosa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y añadir
paja a la superficie para reducir las emisiones.



–S
 e limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.

1. El ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y patios de ejercicio.
Estas naves y patios son las indicadas en el Anexo I de la presente resolución. Todas las
instalaciones serán permanentes.
2. L
 os animales dispondrán de cinco patios de ejercicio con una superficie total de 600 m2
cada uno. La duración de la estancia de los cerdos en estas superficies no superará los 7
meses al año, permaneciendo el resto del tiempo en periodo de descanso y regeneración.
Estos patios dispondrán de balsas de retención de pluviales aguas contaminadas construidas con lámina PEAD y con una capacidad mínima de retención de 325 m3 respectivamente.
Los patios serán los indicados en el apartado referente a la descripción de la actividad de
la presente resolución.