Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Plan De Formación. (2021062595)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, por la que se convocan "Plan de Formación: Formación básica para la estructura de protección civil en apoyo a las distintas unidades intervinientes en la gestión de las emergencias. Congreso del voluntariado sobre la reglamentación y redes de alerta temprana de protección civil. Acciones formativas para los intervinientes en planes de emergencia exterior de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Anualidad 2021".
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NÚMERO 172
Lunes, 6 de septiembre de 2021



43727

– Voluntarios de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil que pertenezcan a
una Agrupación legalmente constituida (Se deberá aportar acuerdo de Pleno de
constitución de la Agrupación o Reglamento de funcionamiento de la Agrupación
aprobado por el Pleno del Ayuntamiento o certificado del secretario de la entidad
local en el cual se certifique la constitución de dicha agrupación local). Este criterio
se aplicará por orden de la fecha de recepción de las solicitudes en la Dirección
General de Emergencias, Protección Civil e Interior.



– Voluntarios de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil, cuya localidad tenga menor distancia al lugar de celebración.



–O
 rden de recepción de las solicitudes, por fechas.



– Mediante sorteo, cuando existan después de aplicar todos los criterios anteriores
igualdad de condiciones.

Se excluirán a todos aquellos alumnos que hayan recibido la misma acción formativa en
años anteriores.
— Para la acción formativa FB04/21:


• Se seleccionará a los Voluntarios de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil de Extremadura atendiendo al siguiente orden preferente:



– Coordinadores de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil que
estén inscritas o en fase de inscripción en el Registro de Agrupaciones y Asociaciones de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias de Extremadura (Decreto
26/2019, de 1 de abril).



– Coordinadores de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil que pertenezcan
a una agrupación legalmente constituida (Se deberá aportar acuerdo de Pleno de
constitución de la Agrupación o Reglamento de funcionamiento de la agrupación
aprobado por el Pleno del Ayuntamiento o certificado del secretario de la entidad
local en el cual se certifique la constitución de dicha Agrupación Local).

– Voluntarios de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil que
estén inscritas o en fase de inscripción en el Registro de Agrupaciones y Asociaciones de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias de Extremadura (Decreto
26/2019, de 1 de abril). Este criterio se aplicará por orden de la fecha de Resolución de Inscripción en el Registro mencionado.