Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062652)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Gerardo Guzmán Gamero, en el término municipal de Barcarrota.
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NÚMERO 171
Viernes, 3 de septiembre de 2021
43673
3. Medidas de protección. El plan de manejo de los animales será en régimen intensivo,
desarrollándose el ciclo productivo exclusivamente en el interior de las naves. La explotación porcina no dispondrá de patios de ejercicio ni corrales de manejo.
Se eliminará la totalidad de patios de ejercicio presentes en la explotación y que se
han utilizado anterior a la emisión del presente informe. Además, se realizará una
labor de naturalización del área ocupada por los mismos mediante aporte de tierra
vegetal y siembra de gramíneas y cereales y plantación de encinas. Se asegurará la
naturalización realizando un adecuado mantenimiento, así como la reposición de las
marras que fueran necesarias. Los trabajos de naturalización deberán estar concluidos
en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización de las obras de ampliación.
En todo caso, si como consecuencia del manejo de la explotación se produjese la
degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación por nitratos
de las aguas será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas
correspondientes para la recuperación del medio.
4. Medidas adicionales. Efectuar los procesos de limpieza, desinfección y desinsectación
de forma periódica, para mantener las instalaciones existentes en buenas condiciones
higiénico-sanitarias. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vacíos sanitarios
de las instalaciones que albergan los animales.
• Medidas a acometer en el Plan de Reforestación.
1. Se creará una pantalla vegetal, implantando especies arbóreas y/o arbustivas autóctonas alrededor de las instalaciones, a fin de minimizar el impacto paisajístico. La
plantación se realizará en bosquetes, evitándose formas y marcos regulares.
2. Las plantas a utilizar en el plan de reforestación deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero certificado.
3. Se asegurará el éxito de la reforestación, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán
los oportunos riegos de apoyo durante los primeros años de la plantación.
• Medidas correctoras a aplicar al final de la actividad.
1. En caso de no finalizarse las obras, o al final de la actividad productiva, se procederá
al derribo de las construcciones, al desmantelamiento de las instalaciones y al relleno
de las fosas. El objetivo de la restauración será que los terrenos recuperen su aptitud
agrícola original, demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando los residuos a gestor autorizado.
Viernes, 3 de septiembre de 2021
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3. Medidas de protección. El plan de manejo de los animales será en régimen intensivo,
desarrollándose el ciclo productivo exclusivamente en el interior de las naves. La explotación porcina no dispondrá de patios de ejercicio ni corrales de manejo.
Se eliminará la totalidad de patios de ejercicio presentes en la explotación y que se
han utilizado anterior a la emisión del presente informe. Además, se realizará una
labor de naturalización del área ocupada por los mismos mediante aporte de tierra
vegetal y siembra de gramíneas y cereales y plantación de encinas. Se asegurará la
naturalización realizando un adecuado mantenimiento, así como la reposición de las
marras que fueran necesarias. Los trabajos de naturalización deberán estar concluidos
en el plazo máximo de 6 meses desde la finalización de las obras de ampliación.
En todo caso, si como consecuencia del manejo de la explotación se produjese la
degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación por nitratos
de las aguas será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas
correspondientes para la recuperación del medio.
4. Medidas adicionales. Efectuar los procesos de limpieza, desinfección y desinsectación
de forma periódica, para mantener las instalaciones existentes en buenas condiciones
higiénico-sanitarias. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vacíos sanitarios
de las instalaciones que albergan los animales.
• Medidas a acometer en el Plan de Reforestación.
1. Se creará una pantalla vegetal, implantando especies arbóreas y/o arbustivas autóctonas alrededor de las instalaciones, a fin de minimizar el impacto paisajístico. La
plantación se realizará en bosquetes, evitándose formas y marcos regulares.
2. Las plantas a utilizar en el plan de reforestación deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero certificado.
3. Se asegurará el éxito de la reforestación, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán
los oportunos riegos de apoyo durante los primeros años de la plantación.
• Medidas correctoras a aplicar al final de la actividad.
1. En caso de no finalizarse las obras, o al final de la actividad productiva, se procederá
al derribo de las construcciones, al desmantelamiento de las instalaciones y al relleno
de las fosas. El objetivo de la restauración será que los terrenos recuperen su aptitud
agrícola original, demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando los residuos a gestor autorizado.