Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062634)
Resolución de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación fotovoltaica "Ardila", ubicada en el término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz) e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/04/20.
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NÚMERO 170
Jueves, 2 de septiembre de 2021
43535
RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la
instalación fotovoltaica "Ardila", ubicada en el término municipal de Fregenal
de la Sierra (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica
asociada. Expte.: GE-M/04/20. (2021062634)
Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Furatena
Solar 1, SLU, con C.I.F. B-90328592 y domicilio social en c/ Ribera del Loira, n.º 60, Madrid,
solicitando declaración de utilidad pública de las instalaciones de referencia, se exponen los
siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 16 de octubre de
2020, D. Guillermo José Gómez Gómez, en nombre y representación de la sociedad Furatena
Solar 1, SLU, presentó solicitud de declaración de utilidad pública para la instalación fotovoltaica “Ardila” ubicada en término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz), y sus infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas.
Segundo. Con fecha de 17 de mayo de 2021, finalizó el trámite de información pública
del proyecto. Durante el citado trámite, se recibieron alegaciones presentadas por D. Marco
Antonio Sosa Fernández, en representación de Río Narcea Nickel, SL, de las cuales desistió
posteriormente mediante suscripción de acuerdo de compatibilidad con la sociedad Furatena
Solar 1, SLU, aportado con fecha de registro de entrada 4 de agosto de 2021.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se dio traslado
de las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas de
servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, no habiendo
manifestado éstas oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, aceptados
por el promotor los informes emitidos por los mismos.
Cuarto. Con fecha 19 de enero de 2021, se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa para la instalación de referencia.
Quinto. Con fecha 19 de enero de 2021, se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa de construcción para la
instalación de referencia.
Jueves, 2 de septiembre de 2021
43535
RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2021, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la
instalación fotovoltaica "Ardila", ubicada en el término municipal de Fregenal
de la Sierra (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica
asociada. Expte.: GE-M/04/20. (2021062634)
Visto el expediente instruido en esta Dirección General, a petición de la sociedad Furatena
Solar 1, SLU, con C.I.F. B-90328592 y domicilio social en c/ Ribera del Loira, n.º 60, Madrid,
solicitando declaración de utilidad pública de las instalaciones de referencia, se exponen los
siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 16 de octubre de
2020, D. Guillermo José Gómez Gómez, en nombre y representación de la sociedad Furatena
Solar 1, SLU, presentó solicitud de declaración de utilidad pública para la instalación fotovoltaica “Ardila” ubicada en término municipal de Fregenal de la Sierra (Badajoz), y sus infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas.
Segundo. Con fecha de 17 de mayo de 2021, finalizó el trámite de información pública
del proyecto. Durante el citado trámite, se recibieron alegaciones presentadas por D. Marco
Antonio Sosa Fernández, en representación de Río Narcea Nickel, SL, de las cuales desistió
posteriormente mediante suscripción de acuerdo de compatibilidad con la sociedad Furatena
Solar 1, SLU, aportado con fecha de registro de entrada 4 de agosto de 2021.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se dio traslado
de las separatas correspondientes a las distintas administraciones, organismos o empresas de
servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, no habiendo
manifestado éstas oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, aceptados
por el promotor los informes emitidos por los mismos.
Cuarto. Con fecha 19 de enero de 2021, se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa para la instalación de referencia.
Quinto. Con fecha 19 de enero de 2021, se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa de construcción para la
instalación de referencia.