Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2021062725)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 1 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establece la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida del municipio de La Coronada.
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EXTRAORDINARIO NÚMERO 19
341
Jueves 2 de septiembre de 2021
Asimismo se indica en el informe que, en cuanto a la situación general de Extremadura, si
bien la incidencia se ha ido estabilizando en la última semana, se mantiene actualmente la
Comunidad Autónoma en un nivel de alerta 2, es decir, la Comunidad Autónoma se encuentra en su conjunto en una mejor situación epidemiológica que el municipio en su valoración
cualitativa.
En lo relativo al municipio de La Coronada, se observa en el informe una aparición de casos
el día 20/08/2021 con 1 caso, apareciendo casos nuevos de manera casi diaria desde el día
24/08/2021 hasta el día 28/08/2021 y 29/08/2021, en los que aparecen 20 y 4 casos respectivamente. En la actualidad, como sé indicó anteriormente el municipio tiene 33 casos y 98
contactos estrechos activos, lo que suponen un total de 131 casos en seguimiento/cuarentena
que potencialmente pueden desarrollar la enfermedad. Los brotes declarados en los que se
reconoce un vínculo epidemiológico con la localidad de La Coronada son: Brote 2021/760,
notificado el día 30/08/2021. De origen social. El brote lo componen 15 casos y 86 contactos
con una tasa de ataque secundario de 14,85%.
Como se objetiva en el total de casos del municipio, la mayoría se encuentran entre jóvenes
de edades de 15-29 años. Los casos positivos o los brotes en los que se implican jóvenes
tienen características especiales: población no inmunizada mediante vacunación o con baja
cobertura vacunal, suelen estar relacionados con el ámbito social donde la interacción de las
personas suele ser mayor, tanto dentro de la localidad como en sus relaciones con otros jóvenes de municipios adyacentes y la mayoría de las veces con relajación de las medidas de
prevención. De ahí, que los casos suelan tener un mayor número de contactos estrechos y a
posteriori una aparición mayor de casos secundarios que posteriormente pueden implicar al
ámbito familiar y a sus núcleos habituales de convivencia. Además, el 51,51% de los casos
están presentando algún tipo de sintomatología. A fecha de realización de este informe no se
ha producido ninguna defunción ni ingresos hospitalarios.
En cuanto a los datos de vacunación se indica en el informe que en La Coronada, el 83,48 %
de la población presenta al menos una dosis de vacuna administrada (19,42% vacunados con
1 dosis y 64,06 % vacunados con 2 dosis), y el 16,52 % restante no está vacunado. La mayor
tasa de vacunación (97,92%) se encuentra en el grupo de edad entre 60-69 años. Como se
observa en el informe, el grupo de edad de la mayoría de los casos positivos de la localidad
(15-29 años) tiene porcentajes de vacunación de una dosis y sobre todo, de dos dosis aún
reducidos, lo cual favorece la infección y posterior transmisión de la enfermedad.
III
En cuanto al marco competencial que la legislación vigente otorga para la adopción de las
medidas contenidas en el presente acuerdo, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma,
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Jueves 2 de septiembre de 2021
Asimismo se indica en el informe que, en cuanto a la situación general de Extremadura, si
bien la incidencia se ha ido estabilizando en la última semana, se mantiene actualmente la
Comunidad Autónoma en un nivel de alerta 2, es decir, la Comunidad Autónoma se encuentra en su conjunto en una mejor situación epidemiológica que el municipio en su valoración
cualitativa.
En lo relativo al municipio de La Coronada, se observa en el informe una aparición de casos
el día 20/08/2021 con 1 caso, apareciendo casos nuevos de manera casi diaria desde el día
24/08/2021 hasta el día 28/08/2021 y 29/08/2021, en los que aparecen 20 y 4 casos respectivamente. En la actualidad, como sé indicó anteriormente el municipio tiene 33 casos y 98
contactos estrechos activos, lo que suponen un total de 131 casos en seguimiento/cuarentena
que potencialmente pueden desarrollar la enfermedad. Los brotes declarados en los que se
reconoce un vínculo epidemiológico con la localidad de La Coronada son: Brote 2021/760,
notificado el día 30/08/2021. De origen social. El brote lo componen 15 casos y 86 contactos
con una tasa de ataque secundario de 14,85%.
Como se objetiva en el total de casos del municipio, la mayoría se encuentran entre jóvenes
de edades de 15-29 años. Los casos positivos o los brotes en los que se implican jóvenes
tienen características especiales: población no inmunizada mediante vacunación o con baja
cobertura vacunal, suelen estar relacionados con el ámbito social donde la interacción de las
personas suele ser mayor, tanto dentro de la localidad como en sus relaciones con otros jóvenes de municipios adyacentes y la mayoría de las veces con relajación de las medidas de
prevención. De ahí, que los casos suelan tener un mayor número de contactos estrechos y a
posteriori una aparición mayor de casos secundarios que posteriormente pueden implicar al
ámbito familiar y a sus núcleos habituales de convivencia. Además, el 51,51% de los casos
están presentando algún tipo de sintomatología. A fecha de realización de este informe no se
ha producido ninguna defunción ni ingresos hospitalarios.
En cuanto a los datos de vacunación se indica en el informe que en La Coronada, el 83,48 %
de la población presenta al menos una dosis de vacuna administrada (19,42% vacunados con
1 dosis y 64,06 % vacunados con 2 dosis), y el 16,52 % restante no está vacunado. La mayor
tasa de vacunación (97,92%) se encuentra en el grupo de edad entre 60-69 años. Como se
observa en el informe, el grupo de edad de la mayoría de los casos positivos de la localidad
(15-29 años) tiene porcentajes de vacunación de una dosis y sobre todo, de dos dosis aún
reducidos, lo cual favorece la infección y posterior transmisión de la enfermedad.
III
En cuanto al marco competencial que la legislación vigente otorga para la adopción de las
medidas contenidas en el presente acuerdo, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma,