Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pymes. Relevo Generacional. Subvenciones. (2021081157)
Anuncio de 27 de agosto de 2021 por el que se da publicidad a la concesión de subvenciones destinadas a promover la continuidad de las Pymes en Extremadura mediante la planificación de procesos de relevo empresarial en el año 2020.
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NÚMERO 169
Miércoles, 1 de septiembre de 2021

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
ANUNCIO de 27 de agosto de 2021 por el que se da publicidad a la concesión
de subvenciones destinadas a promover la continuidad de las Pymes en
Extremadura mediante la planificación de procesos de relevo empresarial en
el año 2020. (2021081157)
El Decreto 49/2017, de 18 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas destinadas a promover la continuidad de las pymes en Extremadura mediante la
planificación de procesos de relevo empresarial, (DOE núm. 78, de 25 de abril), tiene como
finalidad la financiación de los gastos derivados de la elaboración de un protocolo de empresa
familiar junto con un plan de continuidad, o a través de la elaboración de un plan de relevo
externo, cuando el relevo se pretenda realizar a trabajadores de la empresa subvencionada.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concesión directa mediante
convocatoria abierta.
En cumplimiento de lo establecido en las bases reguladoras, el día 17 de septiembre de 2020
se publicó en el Diario Oficial de Extremadura la Resolución de 9 de septiembre de 2020 por
la que se convocan las subvenciones destinadas a promover la continuidad de las pymes de
Extremadura mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial con una dotación económica de 300.000 euros, desglosándose 150.000,00 euros a la anualidad 2020 y
150.000,00 euros a la anualidad 2021.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 17.1 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las
subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Igualmente, el artículo 20 de la misma ley, en su párrafo segundo señala que se publicarán
en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones
concedidas a que se refiere el artículo 17.1
Por todo ello, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a las pymes extremeñas que se relacionan en el anexo, a través de la planificación del relevo empresarial, bien

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