Consejería De Igualdad Y Portavocía. Juventud. Ayudas. (2021062365)
Resolución de 22 de julio de 2021, de la Presidencia del Instituto de la Juventud de Extremadura, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones acogidas a la Resolución de 18 de diciembre de 2020, Línea I: subvenciones a Asociaciones Juveniles y entidades asimiladas a las mismas para el desarrollo de proyectos de interés general, para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 145
Jueves, 29 de julio de 2021
39053
Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según el cual “Dentro
de su ámbito de competencia y previa consignación presupuestaria, serán órganos competentes para conceder las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta
de Extremadura, así como los Presidentes o Directores de los organismos o entidades de derecho público, de acuerdo con lo que se establezca en sus normas de creación”, en el artículo
1.2 del Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Igualdad y Portavocía (DOE núm. 214, de 6 de noviembre de 2019), por
el que se adscribe a la misma el Instituto de la Juventud de Extremadura y en el artículo 8.2.f
del Decreto 45/2008, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de la
Juventud de Extremadura (DOE 64, de 3 de abril de 2008).
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el resuelvo noveno apartado 3 de la Resolución
de 18 de diciembre de 2020 y con el artículo 14.3 del Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, “La persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura,
a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración formulará la Propuesta
de Resolución debidamente motivada, propuesta que no podrá separarse del informe de la
Comisión”.
Tercero. En la tramitación de los expedientes se han observado todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 311/2015, de 18
diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo
de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas
y entidades prestadoras de servicios a la juventud, en la Resolución de 18 de diciembre de
2020, por la que se convocan las subvenciones para el ejercicio 2021 y en la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A la vista del expediente y de la propuesta de resolución de la Dirección General del Instituto
de la Juventud de Extremadura, se dicta la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Conceder, con cargo a los créditos autorizados en la aplicación presupuestaria
170040000 G/253B/48900 CAG0000001 20001210, Proyecto de Gasto denominado “Ayudas
al Movimiento Asociativo Juvenil” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021, las ayudas de la Línea I: Ayudas a Asociaciones
Juveniles y entidades asimiladas a las mismas para el desarrollo de Proyectos de Interés
General acogidas a la Resolución de 18 de diciembre de 2021 a las entidades relacionadas en
el Anexo I, por un importe total de trescientos cinco mil trescientos noventa y nueve euros.
Jueves, 29 de julio de 2021
39053
Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según el cual “Dentro
de su ámbito de competencia y previa consignación presupuestaria, serán órganos competentes para conceder las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta
de Extremadura, así como los Presidentes o Directores de los organismos o entidades de derecho público, de acuerdo con lo que se establezca en sus normas de creación”, en el artículo
1.2 del Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Igualdad y Portavocía (DOE núm. 214, de 6 de noviembre de 2019), por
el que se adscribe a la misma el Instituto de la Juventud de Extremadura y en el artículo 8.2.f
del Decreto 45/2008, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de la
Juventud de Extremadura (DOE 64, de 3 de abril de 2008).
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el resuelvo noveno apartado 3 de la Resolución
de 18 de diciembre de 2020 y con el artículo 14.3 del Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, “La persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura,
a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración formulará la Propuesta
de Resolución debidamente motivada, propuesta que no podrá separarse del informe de la
Comisión”.
Tercero. En la tramitación de los expedientes se han observado todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, con las especialidades previstas en el Decreto 311/2015, de 18
diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo
de Proyectos de Interés General a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas
y entidades prestadoras de servicios a la juventud, en la Resolución de 18 de diciembre de
2020, por la que se convocan las subvenciones para el ejercicio 2021 y en la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A la vista del expediente y de la propuesta de resolución de la Dirección General del Instituto
de la Juventud de Extremadura, se dicta la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Conceder, con cargo a los créditos autorizados en la aplicación presupuestaria
170040000 G/253B/48900 CAG0000001 20001210, Proyecto de Gasto denominado “Ayudas
al Movimiento Asociativo Juvenil” de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021, las ayudas de la Línea I: Ayudas a Asociaciones
Juveniles y entidades asimiladas a las mismas para el desarrollo de Proyectos de Interés
General acogidas a la Resolución de 18 de diciembre de 2021 a las entidades relacionadas en
el Anexo I, por un importe total de trescientos cinco mil trescientos noventa y nueve euros.