Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contratación. (2021062355)
Resolución de 22 de julio de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se autorizan los modelos de pliego de cláusulas administrativas particulares para contratos de servicios y suministros mediante Acuerdo Marco por procedimiento abierto con uno o con varios empresarios y con varios criterios de adjudicación.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

38554

Por último y, dentro del marco normativo autonómico, se ha aprobado el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el que se contemplan medidas especiales en materia de contratación, tal y como se desprende del capítulo
VIII del citado Decreto-ley, referidas a todos los contratos financiados con fondos europeos
del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en sintonía con los principios
de la legislación estatal, al mismo tiempo que introduce una serie de modificaciones en la Ley
12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura, a través de su disposición final quinta.
Por todo lo expuesto se hace necesario la autorización de nuevos modelos de pliegos de
cláusulas administrativas particulares aplicables a los contratos de servicios y suministros
mediante acuerdo marco por procedimiento abierto con uno o con varios empresarios y con
varios criterios de adjudicación, que incorporen los cambios que se han producido en la normativa contractual.
El artículo 122.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, establece que “la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares corresponderá al órgano de contratación, que podrá, asimismo, aprobar modelos de pliegos particulares
para determinadas categorías de contratos de naturaleza análoga”.
La Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura, en su artículo 32.1 dispone que “tendrán, en todo caso, la consideración de órganos de contratación de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura
las personas titulares de las consejerías de la Junta de Extremadura”.
Por su parte, el artículo 34.5 de la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública
socialmente responsable de Extremadura establece que “los modelos de pliegos de cláusulas
administrativas particulares que han de regir en el ámbito de la Junta de Extremadura y su
sector público autonómico que tenga la consideración de poder adjudicador serán autorizados
por el Consejo de Gobierno”.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 162/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y
Administración Pública, la Consejería de Hacienda y Administración Pública es la competente
en materia de contratación centralizada y coordinación de la contratación pública, siendo el
órgano al que se encuentra adscrito tanto la Comisión de Contratación Centralizada de la Junta de Extremadura, como la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.