Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062306)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Sánchez Torres TC, en el término municipal de Peraleda del Zaucejo (Badajoz).
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina
promovida por Sánchez Torres TC, en el término municipal de Peraleda del
Zaucejo (Badajoz). (2021062306)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 5 de junio de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación de
explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de Peraleda del
Zaucejo (Badajoz) y promovida por Sánchez Torres T.C. con domicilio social en c/ Paseo de la
Serena, 12, C.P. 06919, de Peraleda del Zaucejo (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 1.000 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 29 y 32 del polígono 8, del término municipal de Peraleda del Zaucejo, con una superficie de 6,4 Has. Las características esenciales del proyecto
se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 19 de febrero de 2020, el órgano ambiental publica Anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 19 de febrero de 2020.
Con fecha 10 de marzo de 2021 tiene registro de entrada la alegación presentada por Doña
Agustina Carmona Martín, alegación que ha sido tenido en cuenta en el procedimiento.