Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2021080991)
Anuncio de 13 de julio de 2021 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, y el estudio de impacto ambiental correspondiente a la subestación colectora "El Gordo 30/132kV" e infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas, ubicada en los términos municipales de El Gordo, Peraleda de la Mata y Talayuela (Cáceres). Expte.: GE-M/01/21.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

38755

ANUNCIO de 13 de julio de 2021 por el que se somete a información pública
la solicitud de autorización administrativa previa, y el estudio de impacto
ambiental correspondiente a la subestación colectora "El Gordo 30/132kV" e
infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas, ubicada en los
términos municipales de El Gordo, Peraleda de la Mata y Talayuela (Cáceres).
Expte.: GE-M/01/21. (2021080991)
A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
66 de la Ley 16/2015, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se someten a información pública las solicitudes de autorización administrativa previa, y el estudio de impacto ambiental correspondiente a la Subestación Colectora “El Gordo 30/132kV»,
e infraestructuras de evacuación de energía eléctrica asociadas, ubicada en los términos municipales de El Gordo, Peraleda de la Mata y Talayuela (Cáceres), promovida por la sociedad
Fuerzas Energéticas del Sur de Europa XXVI, SL.
El proyecto está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria por encontrarse incluido
dentro de la categoría g), del Grupo 3 (Industria Energética) del Anexo IV: “Construcción
de líneas de transmisión de energía eléctrica con un voltaje igual o superior a 220 kV y una
longitud superior a 15 km o una longitud superior a 3 km en Espacios Naturales Protegidos,
Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación
de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, salvo
que discurran íntegramente en subterráneo por suelo urbanizado, así como sus subestaciones asociadas”, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
El órgano sustantivo para resolver sobre la autorización administrativa previa es la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
El órgano competente para formular la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos
de la calificación urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.